Si te han hecho llegar la notificación de un procedimiento monitorio del juzgado JUZGADO 1ª INSTANCIA 4 de ALCALA DE HENARES o de cualquier otro es debido a que te están reclamando una deuda. Es muy importante mantener la calma, repasar bien el monitorio ya que la deuda reclamada debe de ser acreditada,vencida y justificada.
Es importante que sepas que la notificación tiene que llegarte del juzgado donde vivas o del partido judicial al que pertenece la población donde resides.
¿Qué debes de hacer si recibes un monitorio?
Una vez que has recibido la notificación de monitorio tienes tres opciones:
1.- ABONAR LA DEUDA DE FORMA VOLUNTARIA
Nada más tienes que hacerlo si estás de acuerdo con la deuda, por lo que tienes que revisar perfectamente la citación.
2.- OPONERTE AL MONITORIO
Si no estás de acuerdo con el motivo y el importe a pagar tienes que oponerte al monitorio , para oponerse tienes que hacer una comunicación fundamentada al JUZGADO 1ª INSTANCIA 4 que proceda , donde justifiques con pruebas la razón por la que te opones.
En el momento que te has opuesto se da por finalizado el procedimiento monitorio y empiezan las gestiones del procedimiento declarativo, es decir, un procedimiento que podrá ser verbal u ordinario en función de la cuantía reclamada, si se reclaman menos de 2000 € será procedimiento verbal y si es mayor que 2000 € será entonces un procedimiento ordinario.
Para un procedimiento verbal o de cantida reclamada inferior a 2000 euros no será necesario que estés representado por abogado y procurador, en cambio, para el procedimiento ordinario sí será necesaria la comparecencia de un abogado y un procurador en la actuación.
Sea como sea, aunque la cuantía que te reclamen sea inferior a 2000 euros es muy recomendable que la contestación te la realice un abogado para que tengas la certeza de que existe marco normativo para oponerte y realizar una contestación apropiada. Recuerda que nuestra empresa te hace un estudio gratuito y sin compromiso de los documentos, tú luego decidirás si deseas contratar nuestros servicios. Somos una empresa de asesoriamiento jurídico especializada en reclamaciones a financieras y Bancos.
3.- DEJAR QUE PASE EL PLAZO SIN LIQUIDAR LA DEUDA NI OPONERTE
Si no haces nada entonces se dará por finalizado el procedimiento monitorio y se instará al acreedor para que inicie un despacho de ejecución solicitando la cuantía reclamada, pudiendo embargar tus bienes si hace falta.
¿Qué plazo hay para oponerse a un monitorio?
Para oponerse al procedimiento monitorio tienes 20 días hábiles. Para realizar el cálculo no olvides que nada más se tiene en cuenta de lunes a viernes y no se tienen en cuenta los días que sean festivos dentro de estos.
Cómo llegar al JUZGADO 1ª INSTANCIA 4 de ALCALA DE HENARES
Calle : CL COLEGIOS 04-jun Población: ALCALA DE HENARES
Código Postal: 28801 Provincia: MADRID
Teléfono: 918839486 FAX: 918822874
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