Si has recogido la notificación de un procedimiento monitorio del juzgado JUZGADO 1ª INSTANCIA 4 de ALCOBENDAS o de cualquier otro es porque te están reclamando una deuda. Lo primero es mantener la calma, comprabar bien el monitorio debido a que la deuda que te soliciten debe de ser justificada, acreditada y vencida.
Ten en cuenta que la comunicación tiene que llegar del juzgado donde vivas o del partido judicial al que pertenezca la población donde resides.
¿Qué opciones tienes cuando recibes un monitorio?
Una vez que has recibido la notificación de monitorio tienes tres opciones:
1.- REALIZAR EL PAGO DE FORMA VOLUNTARIA
Únicamente debes de realizarlo si estás conforme con el motivo y el importe a pagar, por lo que debes de comprobar muy bien la citación.
2.- OPONERTE AL MONITORIO
Si no reconoces el importe reclamado debes de oponerte al monitorio , para oponerse debes de realizar un escrito de respuesta al JUZGADO 1ª INSTANCIA 4 que proceda , donde demuestres con pruebas el motivo por el que te opones.
Una vez que te has opuesto acaba el procedimiento monitorio y comienzan las gestiones del procedimiento declarativo, es decir, un procedimiento que podrá ser ordinario o verbal dependiendo del dinero reclamado, si se reclaman menos de 2000 euros entonces será verbal y si es mayor que 2000 euros entonces será un procedimiento ordinario.
Para un procedimiento verbal o de cuantía menor de 2000 euros no hace falta que estés representado por procurador y abogado, en cambio, para el procedimiento ordinario sí será necesaria la comparecencia de procurador y abogado en el trámite.
De todos modos, aunque la deuda que te reclamen sea por debajo de 2000 euros te recomendamos que el escrito lo redacte un letrado para que tengas la garantía de que tiene marco normativo para oponerte y hacer una defensa apropiada. No olvides que nuestra empresa te hace un estudio gratuito de los documentos, tú después decidirás si quieres utlizar el servicio. Somos una empresa de asistencia judicial especialista en reclamaciones a Bancos y financieras.
3.- DEJAR EXPIRAR EL PLAZO SIN ABONAR LA DEUDA NI OPONERTE
Si no haces nada entonces finalizará el procedimiento monitorio y se propondrá al acreedor para que empiece un despacho de ejecución por el que se te solicitará el importe de la deuda, pudiendo embargar tus bienes si hubiera que hacerlo.
¿Cuál es el plazo para oponerse a un monitorio?
Para oponerte al procedimiento monitorio tienes 20 días hábiles. Para realizar el cálculo recuerda que nada más se cuenta de lunes a viernes y no cuentan los días festivos dentro de estos.
Cómo llegar al JUZGADO 1ª INSTANCIA 4 de ALCOBENDAS
Calle : CL JOAQUIN RODRIGO 3 Población: ALCOBENDAS
Código Postal: 28100 Provincia: MADRID
Teléfono: 916539343 FAX: 916536175
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