Si te ha llegado la notificación de un procedimiento monitorio del juzgado JUZGADO 1ª INSTANCIA 4 de ALICANTE o de cualquier otro juzgado es porque están reclamandote una deuda. Es importante mantener la calma, lee bien la citación debido a que la deuda que te soliciten debe de ser acreditada,justificada y vencida.
No olvides que el requerimiento tiene que llegar del juzgado donde vives o del partido judicial al que corresponde el lugar donde vives.
¿Qué puedes hacer cuando recibes un monitorio?
Una vez que has recibido la notificación de monitorio tienes tres opciones:
1.- REALIZAR EL PAGO VOLUNTARIAMENTE
Únicamente debes de realizarlo si estás de acuerdo con la deuda, por esta razón tienes que examinar muy bien los documentos anexos.
2.- OPONERSE AL MONITORIO
Si no estás de acuerdo con la deuda debes de oponerte al monitorio , para oponerse hay que realizar una comunicación fundamentada al JUZGADO 1ª INSTANCIA 4 que te haya requerido , donde expliques con pruebas el motivo por el que te has opuesto.
Cuando te has opuesto acaba el procedimiento monitorio y se inician las gestiones del procedimiento declarativo, es decir, un procedimiento que será verbal u ordinario dependiendo del dinero reclamado, si si el importe es menos de 2000 euros será procedimiento verbal y si es mayor que esa cantidad será un procedimiento ordinario.
Para un procedimiento verbal o de cantida reclamada menor de 2000 euros no será necesario que estés representado por un procurador y un abogado, mientras que, para el procedimiento ordinario sí es obligatoria la presencia de un abogado y un procurador en el trámite.
Aún así, aunque la deuda que te reclamen sea inferior a 2000 € es recomendable que el escrito de contestación te lo realice un abogado para que tengas la garantía de que tiene marco normativo para oponerte y ejercer una contestación apropiada. Ten en cuenta que nosotros te hacemos un estudio gratuito de los documentos, tú después decides si quieres usar el servicio. Somos una empresa de asistencia judicial experta en reclamaciones a Bancos.
3.- DEJAR QUE PASE EL PLAZO SIN LIQUIDAR LA DEUDA NI OPONERTE
Si no realizas nada entonces acabará el procedimiento monitorio y se propondrá al acreedor para que inicie un despacho de ejecución para solicitarte el importe de la deuda, pudiendo embargar tus bienes si se diera el caso.
¿Cuantos días hay para oponerse a un monitorio?
Para oponerse al procedimiento monitorio tienes 20 días hábiles. Para este cálculo no olvides que nada más se tiene en cuenta de lunes a viernes y no computarán los días festivos dentro de estos días.
Cómo llegar al JUZGADO 1ª INSTANCIA 4 de ALICANTE
Calle : CL PARDO GIMENO 43 Población: ALICANTE
Código Postal: 3071 Provincia: ALICANTE
Teléfono: 965936089 FAX: 965935848
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