Si has recogido la notificación de un procedimiento monitorio del juzgado JUZGADO 1ª INSTANCIA 4 de ALMERIA o de cualquier otro juzgado es debido a que te están reclamando una deuda. Es muy importante mantener la calma, repasar bien la citación debido a que la deuda reclamada debe de ser acreditada,justificada y vencida.
No olvides que la notificación debe de llegar del juzgado donde tienes tu residencia o del partido judicial al que corresponda la población donde vives.
¿Qué tienes que hacer cuando has recibido un monitorio?
Una vez que has recibido la notificación de monitorio tienes tres opciones:
1.- PAGAR VOLUNTARIAMENTE
Nada más debes de hacerlo si estás de acuerdo con el importe reclamado, por esta razón tienes que revisar correctamente los documentos anexos.
2.- OPONERSE AL MONITORIO
Si no reconoces el importe reclamado debes de oponerte al monitorio , para oponerse debes de hacer un escrito de respuesta al JUZGADO 1ª INSTANCIA 4 que proceda , donde demuestres con argumentos la razón por la que te opones.
Cuando te has opuesto finaliza el procedimiento monitorio y empiezan las gestiones del procedimiento declarativo, es decir, un procedimiento que será verbal u ordinario dependiendo del dinero reclamado, si se reclaman menos de 2000 euros será procedimiento verbal y si es mayor que esa cantidad entonces será ordinario.
En el caso de un procedimiento verbal o de importe por debajo de 2000 euros no hace falta que estés representado por un procurador y un abogado, mientras que, para el procedimiento ordinario sí es obligatoria la asistencia de procurador y abogado en el procedimiento.
Sin embargo, aunque la deuda que te reclamen sea menor de 2000 euros te recomendamos que el escrito lo redacte un letrado para que tengas la seguridad de que existe marco legal para oponerte y ejercer una defensa excelente. Ten en cuenta que nuestra empresa te hace un estudio gratuito y sin compromiso de la documentación, tú más tarde decides si deseas utlizar el servicio. Somos una empresa de asesoriamiento jurídico especialista en reclamaciones a Bancos.
3.- DEJAR QUE PASE EL PLAZO SIN LIQUIDAR LA DEUDA NI OPONERTE
Si no haces ninguna de las dos primeras opciones entonces se dará por finalizado el procedimiento monitorio y se propondrá al acreedor para que empiece un despacho de ejecución pidiendo el importe de la deuda, pudiendo embargar tus bienes si hace falta.
¿Qué plazo hay para oponerse a un monitorio?
Para oponerse al monitorio tienes 20 días hábiles. Para este cálculo recuerda que sólo se cuenta de lunes a viernes y no computan los días que sean festivos dentro de estos días.
Cómo llegar al JUZGADO 1ª INSTANCIA 4 de ALMERIA
Calle : CR DE RONDA 120 Población: ALMERIA
Código Postal: 4006 Provincia: ALMERIA
Teléfono: 950809041 FAX: 950204046
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