Si has recogido la notificación de un procedimiento monitorio del juzgado JUZGADO 1ª INSTANCIA 4 de ARONA o de cualquier otro es debido a que te están reclamando una deuda. Es importante mantener la calma, revisar bien el requerimiento debido a que la deuda reclamada debe de ser acreditada,justificada y vencida.
También debes de saber que el requerimiento tiene que llegarte del juzgado donde vivas o del partido judicial al que pertenezca la población donde vives.
¿Qué tienes que hacer cuando has recibido un monitorio?
Una vez que has recibido la notificación de monitorio tienes tres opciones:
1.- ABONAR LA DEUDA VOLUNTARIAMENTE
Sólo deberías de hacerlo si estás conforme con la deuda, por esta razón debes de examinar perfectamente la documentación.
2.- OPONERSE AL MONITORIO
Si no estás de acuerdo con el motivo y el importe a pagar debes de oponerte al monitorio , para oponerse tienes que hacer una comunicación fundamentada al JUZGADO 1ª INSTANCIA 4 que proceda , donde demuestres con pruebas el motivo por el que te opones.
En el momento que te has opuesto acaba el procedimiento monitorio y comienzan las gestiones del procedimiento declarativo, es decir, un procedimiento que será verbal u ordinario dependiendo del importe reclamado, si si el importe es menos de 2000 € entonces será verbal y si es mayor que 2000 € será ordinario.
En el caso de un procedimiento verbal o de importe inferior a 2000 euros no hará falta que estés representado por un procurador y un abogado, en cambio, para el procedimiento ordinario sí será preceptiva la asistencia de un procurador y un abogado en la actuación.
Sin embargo, aunque la cuantía que te reclamen sea inferior a 2000 euros es recomendable que el escrito lo redacte un letrado para que tengas la garantía de que tiene marco legal para oponerte y efectuar una defensa excelente. Ten en cuenta que nuestra empresa te hace un estudio gratuito de los documentos, tú más tarde decidirás si quieres utlizar el servicio. Somos una empresa de asistencia judicial especializada en reclamaciones bancarias.
3.- DEJAR PASAR EL PLAZO SIN LIQUIDAR LA DEUDA NI OPONERTE
Si no haces ninguna de las dos primeras opciones entonces se dará por finalizado el procedimiento monitorio y se instará al acreedor para que empiece un despacho de ejecución por el que se te solicitará el importe de la deuda, pudiendo embargar tus bienes si hubiera que hacerlo.
¿Cuál es el plazo para oponerse a un monitorio?
Para oponerse al monitorio tienes 20 días hábiles. Para este cálculo recuerda que sólo se tiene en cuenta de lunes a viernes y no computarán los días que sean festivos dentro de estos.
Cómo llegar al JUZGADO 1ª INSTANCIA 4 de ARONA
Calle : AV CHAYOFITA S/N Población: ARONA
Código Postal: 38650 Provincia: SANTA CRUZ DE TENERIFE
Teléfono: 922747477 FAX: 922747476
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