Si has recibido la notificación de un procedimiento monitorio del juzgado JUZGADO 1ª INSTANCIA 4 de BURGOS o de cualquier otro juzgado es debido a que están reclamandote una deuda. Antes de nada tienes que mantener la calma, lee bien la citación debido a que la deuda que te reclamen debe de ser acreditada y justificada.
Ten en cuenta que la citación tiene que llegarte del juzgado donde vives o del partido judicial al que corresponda el lugar donde estás empadronado.
¿Qué puedes hacer si te han puesto un monitorio?
Una vez que has recibido la notificación de monitorio tienes tres opciones:
1.- PAGAR VOLUNTARIAMENTE
Nada más deberías de realizarlo si estás conforme con el motivo y el importe a pagar, por lo que debes de revisar correctamente la documentación.
2.- OPONERTE AL MONITORIO
Si no reconoces el importe reclamado debes de oponerte al monitorio , para oponerse debes de realizar una comunicación fundamentada al JUZGADO 1ª INSTANCIA 4 que te haya requerido , donde justifiques con argumentos la razón por la que te has opuesto.
Una vez que te has opuesto se da por finalizado el procedimiento monitorio y comienzan los trámites del procedimiento declarativo, es decir, un procedimiento que será ordinario o verbal dependiendo de la cantidad reclamada, si la reclamación es de menos de 2000 euros entonces será procedimiento verbal y si es mayor que esa cantidad entonces será un procedimiento ordinario.
Para un procedimiento verbal o de cantida reclamada por debajo de 2000 euros no hace falta que estés representado por abogado y procurador, mientras que, para el procedimiento ordinario sí será necesaria la asistencia de un procurador y un abogado en la actuación.
Aún así, aunque la deuda que te reclamen sea por debajo de 2000 € es muy recomendable que el escrito lo realice un letrado para que tengas la certeza de que existe marco legal para oponerte y realizar una contestación buena. Recuerda que nuestra empresa te hace un estudio gratuito de los documentos, tú luego decidirás si deseas contratar el servicio. Somos una empresa de asistencia judicial experta en reclamaciones bancarias.
3.- DEJAR EXPIRAR EL PLAZO SIN ABONAR LA DEUDA NI OPONERTE
Si no realizas ninguna de las dos primeras opciones entonces finalizará el procedimiento monitorio y se propondrá al acreedor para que empiece un despacho de ejecución pidiendo el importe de la deuda, pudiendo embargar tus bienes si hace falta.
¿Cuál es el plazo para oponerse a un monitorio?
Para oponerte al monitorio tienes 20 días hábiles. Para este cálculo no olvides que sólo se cuenta de lunes a viernes y no contarán los días festivos dentro de estos días.
Cómo llegar al JUZGADO 1ª INSTANCIA 4 de BURGOS
Calle : AV REYES CATOLICOS 51 Población: BURGOS
Código Postal: 9005 Provincia: BURGOS
Teléfono: 947284427 FAX: 947284437
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