Si has recibido la notificación de un procedimiento monitorio del juzgado JUZGADO 1ª INSTANCIA 4 de FERROL o de cualquier otro juzgado es porque están solicitandote el pago de una deuda. Lo primero es mantener la calma, revisar bien el documento ya que la deuda que te pidan debe de ser vencida
Recuerda que el requerimiento tiene que llegarte del juzgado donde tengas tu residencia o del partido judicial al que pertenece el lugar donde vives.
¿Qué puedes hacer cuando has recibido un monitorio?
Una vez que has recibido la notificación de monitorio tienes tres opciones:
1.- LIQUIDAR LA DEUDA DE FORMA VOLUNTARIA
Nada más tendrías que hacerlo si estás de acuerdo con el importe reclamado, por lo que es necesario revisar muy bien la documentación anexa.
2.- OPONERSE AL MONITORIO
Si no reconoces el motivo y el importe a pagar tienes que oponerte al monitorio , para oponerse hay que hacer un escrito de respuesta al JUZGADO 1ª INSTANCIA 4 que proceda , donde justifiques con argumentos la razón por la que te quieres oponer.
Una vez que te has opuesto finaliza el procedimiento monitorio y se inician las gestiones del procedimiento declarativo, es decir, un procedimiento que podrá ser verbal u ordinario dependiendo del importe reclamado, si la reclamación es de menos de 2000 € entonces será verbal y si es mayor que 2000 euros entonces será un procedimiento ordinario.
Si se trata de un procedimiento verbal o de importe por debajo de 2000 € no hace falta que estés representado por abogado y procurador, en cambio, para el procedimiento ordinario sí será preceptiva la comparecencia de un abogado y un procurador en el procedimiento.
De todos modos, aunque la cuantía que te reclamen sea menor de 2000 € es muy recomendable que el escrito lo realice un letrado para que tengas la seguridad de que tiene marco jurídico para oponerte y realizar una contestación buena. Ten en cuenta que te podemos hacer un estudio gratuito y sin compromiso de la documentación, tú más tarde decidirás si deseas utlizar nuestros servicios. Somos una empresa de asistencia judicial especialista en reclamaciones a Bancos.
3.- DEJAR PASAR EL PLAZO SIN LIQUIDAR LA DEUDA NI OPONERTE
Si no haces nada entonces finalizará el procedimiento monitorio y se propondrá al acreedor para que empiece un despacho de ejecución pidiendo la cantidad reclamada, pudiendo embargar tus bienes si hace falta.
¿Cuantos días hay para oponerse a un monitorio?
Para oponerse al procedimiento monitorio dispones de 20 días hábiles. Para este cálculo no olvides que sólo se cuenta de lunes a viernes y no contarán los días que sean festivos dentro de este rango.
Cómo llegar al JUZGADO 1ª INSTANCIA 4 de FERROL
Calle : CL CORUÑA 55 Población: FERROL
Código Postal: 15400 Provincia: A CORUÑA
Teléfono: 981337271 FAX: 981337274
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