Si has recibido la notificación de un procedimiento monitorio del juzgado JUZGADO 1ª INSTANCIA 4 de FUENLABRADA o de cualquier otro es porque te están reclamando una deuda. Antes de nada tienes que mantener la calma, leer bien el monitorio ya que la deuda que te soliciten debe de ser acreditada,justificada y vencida.
Es importante que sepas que el requerimiento tiene que llegar del juzgado donde tienes tu residencia o del partido judicial al que pertenezca el lugar donde vives.
¿Qué tienes que hacer cuando recibes un monitorio?
Una vez que has recibido la notificación de monitorio tienes tres opciones:
1.- LIQUIDAR LA DEUDA VOLUNTARIAMENTE
Nada más tienes que hacerlo si estás conforme con el importe reclamado, por lo que es necesario revisar muy bien el monitorio.
2.- OPONERTE AL MONITORIO
Si no reconoces el motivo y el importe a pagar tienes que oponerte al monitorio , para oponerse debes de hacer un escrito de respuesta al JUZGADO 1ª INSTANCIA 4 que te haya requerido , donde aclares con argumentos el motivo por el que te quieres oponer.
Desde que te has opuesto se da por finalizado el procedimiento monitorio y comienzan las gestiones del procedimiento declarativo, es decir, un procedimiento que será verbal u ordinario en función del importe reclamado, si se reclaman menos de 2000 euros entonces será procedimiento verbal y si es superior a 2000 € entonces será procedimiento ordinario.
Para un procedimiento verbal o de cuantía inferior a 2000 euros no hará falta que estés representado por abogado y procurador, mientras que, para el procedimiento ordinario sí es obligatorio la asistencia de un procurador y un abogado en el trámite.
De todos modos, aunque la deuda que te reclamen sea menor de 2000 euros es muy recomendable que el escrito de contestación te lo realice un letrado para que tengas la seguridad de que existe marco normativo para oponerte y ejercer una contestación buena. No olvides que te podemos hacer un estudio gratuito de la documentación, tú más tarde decides si quieres utlizar nuestros servicios. Somos una empresa de asesoriamiento jurídico especializada en reclamaciones bancarias.
3.- DEJAR EXPIRAR EL PLAZO SIN ABONAR LA DEUDA NI OPONERTE
Si no realizas ninguna de las dos primeras opciones entonces finalizará el procedimiento monitorio y se instará al acreedor para que empiece un despacho de ejecución para solicitarte la cuantía reclamada, pudiendo embargar tus bienes si hubiera que hacerlo.
¿Cuál es el plazo para oponerse a un monitorio?
Para oponerse al procedimiento monitorio dispones de 20 días hábiles. Para este cálculo no olvides que solamente se cuenta de lunes a viernes y no cuentan los días que sean festivos dentro de estos días.
Cómo llegar al JUZGADO 1ª INSTANCIA 4 de FUENLABRADA
Calle : CL RUMANIA 2 Población: FUENLABRADA
Código Postal: 28943 Provincia: MADRID
Teléfono: 915580035 FAX: 915580090
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