Si has recibido la notificación de un procedimiento monitorio del juzgado JUZGADO 1ª INSTANCIA 4 de GIRONA o de cualquier otro es porque están solicitandote el pago de una deuda. Es importante mantener la calma, revisar bien el requerimiento debido a que la deuda que te soliciten debe de ser justificada, vencida y acreditada.
No olvides que la notificación tiene que llegar del juzgado donde tengas tu residencia o del partido judicial al que pertenece el lugar donde estás empadronado.
¿Qué puedes hacer si te han puesto un monitorio?
Una vez que has recibido la notificación de monitorio tienes tres opciones:
1.- REALIZAR EL PAGO VOLUNTARIAMENTE
Únicamente debes de hacerlo si estás conforme con la deuda, por eso debes de examinar correctamente los documentos anexos.
2.- OPONERSE AL MONITORIO
Si no reconoces el importe reclamado tienes que oponerte al monitorio , para oponerse debes de hacer un escrito de respuesta al JUZGADO 1ª INSTANCIA 4 que te haya requerido , donde aclares con argumentos la razón por la que te opones.
Una vez que te has opuesto se da por finalizado el procedimiento monitorio y comienzan las gestiones del procedimiento declarativo, es decir, un procedimiento que será ordinario o verbal en función del dinero reclamado, si si el importe es menos de 2000 euros será verbal y si es mayor que esa cantidad entonces será ordinario.
Para un procedimiento verbal o de cantida reclamada menor de 2000 € no es necesario que estés representado por un procurador y un abogado, mientras que, para el procedimiento ordinario sí es obligatoria la comparecencia de un procurador y un abogado en el procedimiento.
De todos modos, aunque la deuda que te reclamen sea inferior a 2000 € te recomendamos que la contestación te la realice un letrado para que tengas la garantía de que existe fundamento jurídico para oponerte y hacer una contestación buena. Recuerda que podemos realizarte un estudio gratuito de la documentación, tú más tarde decidirás si deseas usar nuestros servicios. Somos una empresa de asesoriamiento jurídico especializada en reclamaciones a Bancos y financieras.
3.- DEJAR PASAR EL PLAZO SIN PAGAR NI OPONERTE
Si no haces nada entonces acabará el procedimiento monitorio y se instará al acreedor para que empiece un despacho de ejecución pidiendo la cuantía reclamada, pudiendo embargar tus bienes si se diera el caso.
¿Cuál es el plazo para oponerse a un monitorio?
Para oponerte al procedimiento monitorio dispones de 20 días hábiles. Para este cálculo no olvides que sólo se cuenta de lunes a viernes y no se tienen en cuenta los días festivos dentro de estos.
Cómo llegar al JUZGADO 1ª INSTANCIA 4 de GIRONA
Calle : AV RAMON FOLCH 04-jun Población: GIRONA
Código Postal: 17001 Provincia: GIRONA
Teléfono: 972181714 FAX: 972216889
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