Si has recogido la notificación de un procedimiento monitorio del juzgado JUZGADO 1ª INSTANCIA 4 de LEON o de cualquier otro juzgado es porque te están reclamando una deuda. Lo primero que debes de hacer es mantener la calma, leer bien la citación debido a que la deuda que te reclamen debe de ser justificada, acreditada y vencida.
Es importante que sepas que la comunicación tiene que llegarte del juzgado donde tienes tu residencia o del partido judicial al que pertenece el lugar donde vives.
¿Qué debes de hacer cuando recibes un monitorio?
Una vez que has recibido la notificación de monitorio tienes tres opciones:
1.- LIQUIDAR LA DEUDA DE FORMA VOLUNTARIA
Nada más debes de realizarlo si estás conforme con la deuda, por ese motivo tienes que comprobar muy bien la citación.
2.- OPONERSE AL MONITORIO
Si no estás de acuerdo con el motivo y el importe a pagar tienes que oponerte al monitorio , para oponerse tienes que hacer una comunicación fundamentada al JUZGADO 1ª INSTANCIA 4 que te haya requerido , donde aclares con pruebas la razón por la que te quieres oponer.
Desde que te has opuesto acaba el procedimiento monitorio y empiezan los trámites del procedimiento declarativo, es decir, un procedimiento que será verbal u ordinario dependiendo del importe reclamado, si se reclaman menos de 2000 € será procedimiento verbal y si es mayor que 2000 euros será procedimiento ordinario.
En el caso de un procedimiento verbal o de cuantía menor de 2000 euros no será necesario que estés representado por abogado y procurador, mientras que, para el procedimiento ordinario sí es obligatorio la presencia de abogado y procurador en el procedimiento.
De cualquier manera, aunque la cuantía que te reclamen sea menor de 2000 € te recomendamos que el escrito lo realice un abogado para que tengas la garantía de que existe marco normativo para oponerte y hacer una defensa buena. Ten en cuenta que nosotros te hacemos un estudio gratuito de los documentos, tú más tarde decides si quieres usar nuestros servicios. Somos una empresa de asesoriamiento jurídico especializada en reclamaciones bancarias.
3.- DEJAR EXPIRAR EL PLAZO SIN ABONAR LA DEUDA NI OPONERTE
Si no haces nada entonces se dará por finalizado el procedimiento monitorio y se propondrá al acreedor para que inicie un despacho de ejecución pidiendo la cuantía reclamada, pudiendo embargar tus bienes si hace falta.
¿Cuál es el plazo para oponerse a un monitorio?
Para oponerte al monitorio dispones de 20 días hábiles. Para este cálculo no olvides que nada más se cuenta de lunes a viernes y no contarán los días festivos dentro de estos.
Cómo llegar al JUZGADO 1ª INSTANCIA 4 de LEON
Calle : AV SAENZ DE MIERA 6 Población: LEON
Código Postal: 24071 Provincia: LEON
Teléfono: 987895112 FAX: 987895210
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