Si te han hecho llegar la notificación de un procedimiento monitorio del juzgado JUZGADO 1ª INSTANCIA 4 de MOSTOLES o de cualquier otro es debido a que están solicitandote el pago de una deuda. Antes de nada tienes que mantener la calma, leer bien el monitorio debido a que la deuda que te soliciten debe de ser justificada, acreditada y vencida.
Ten en cuenta que el requerimiento debe de llegarte del juzgado donde vivas o del partido judicial al que corresponda la población donde resides.
¿Qué tienes que hacer si te han puesto un monitorio?
Una vez que has recibido la notificación de monitorio tienes tres opciones:
1.- LIQUIDAR LA DEUDA VOLUNTARIAMENTE
Solamente debes de hacerlo si estás conforme con el motivo y el importe a pagar, por eso tienes que revisar muy bien la citación.
2.- OPONERTE AL MONITORIO
Si no reconoces el importe reclamado tienes que oponerte al monitorio , para oponerse tienes que realizar un escrito de respuesta al JUZGADO 1ª INSTANCIA 4 que te haya requerido , donde demuestres con argumentos la razón por la que te has opuesto.
Desde que te has opuesto finaliza el procedimiento monitorio y comienzan los trámites del procedimiento declarativo, es decir, un procedimiento que será ordinario o verbal en función de la cantidad reclamada, si se reclaman menos de 2000 € entonces será verbal y si es mayor que 2000 euros será entonces procedimiento ordinario.
Si se trata de un procedimiento verbal o de cuantía inferior a 2000 euros no será necesario que estés representado por procurador y abogado, en cambio, para el procedimiento ordinario sí será preceptiva la presencia de un procurador y un abogado en la actuación.
De todos modos, aunque la cuantía que te reclamen sea por debajo de 2000 euros es recomendable que la contestación te la redacte un letrado para que tengas la garantía de que existe marco legal para oponerte y ejercer una contestación apropiada. Recuerda que te podemos hacer un estudio gratuito de la documentación, tú luego decidirás si deseas usar nuestros servicios. Somos una empresa de asesoriamiento jurídico especialista en reclamaciones a financieras y Bancos.
3.- DEJAR PASAR EL PLAZO SIN PAGAR NI OPONERTE
Si no realizas ninguna de las dos primeras opciones entonces acabará el procedimiento monitorio y se instará al acreedor para que empiece un despacho de ejecución por el que se te solicitará la cantidad reclamada, pudiendo embargar tus bienes si hace falta.
¿Cuál es el plazo para oponerse a un monitorio?
Para oponerse al monitorio tienes 20 días hábiles. Para realizar el cálculo no olvides que sólo se tiene en cuenta de lunes a viernes y no se tienen en cuenta los días festivos dentro de estos días.
Cómo llegar al JUZGADO 1ª INSTANCIA 4 de MOSTOLES
Calle : CL LUIS JIMENEZ DE ASUA S/N Población: MOSTOLES
Código Postal: 28931 Provincia: MADRID
Teléfono: 916647308 FAX: 916187808
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