Si te han hecho llegar la notificación de un procedimiento monitorio del juzgado JUZGADO 1ª INSTANCIA 4 de PALMA DE MALLORCA o de cualquier otro es debido a que están reclamandote una deuda. Lo primero es mantener la calma, lee bien el requerimiento ya que la deuda que te soliciten debe de ser justificada, vencida y acreditada.
También debes de saber que la notificación debe de llegarte del juzgado donde tengas tu residencia o del partido judicial al que pertenezca el lugar donde resides.
¿Qué tienes que hacer si recibes un monitorio?
Una vez que has recibido la notificación de monitorio tienes tres opciones:
1.- PAGAR VOLUNTARIAMENTE
Únicamente tendrías que hacerlo si estás de acuerdo con el importe reclamado, por esta razón tienes que examinar perfectamente el monitorio.
2.- OPONERTE AL MONITORIO
Si no reconoces el motivo y el importe a pagar debes de oponerte al monitorio , para oponerse tienes que hacer una comunicación fundamentada al JUZGADO 1ª INSTANCIA 4 que proceda , donde justifiques con argumentos la razón por la que te has opuesto.
Una vez que te has opuesto finaliza el procedimiento monitorio y empiezan los trámites del procedimiento declarativo, es decir, un procedimiento que será ordinario o verbal dependiendo del importe reclamado, si la reclamación es de menos de 2000 € será procedimiento verbal y si es mayor que esa cantidad entonces será ordinario.
En el caso de un procedimiento verbal o de cantida reclamada por debajo de 2000 € no hará falta que estés representado por abogado y procurador, mientras que, para el procedimiento ordinario sí será preceptiva la asistencia de un procurador y un abogado en el procedimiento.
En cualquier caso, aunque el importe que te reclamen sea inferior a 2000 euros es muy recomendable que el escrito lo realice un letrado para que tengas la certeza de que tiene fundamento jurídico para oponerte y efectuar una contestación apropiada. Recuerda que nosotros te hacemos un estudio gratuito y sin compromiso de los documentos, tú después decides si quieres usar el servicio. Somos una empresa de asesoriamiento jurídico especialista en reclamaciones a financieras y Bancos.
3.- DEJAR PASAR EL PLAZO SIN PAGAR NI OPONERTE
Si no realizas ninguna de las dos primeras opciones entonces acabará el procedimiento monitorio y se propondrá al acreedor para que inicie un despacho de ejecución para solicitarte la cantidad reclamada, pudiendo embargar tus bienes si se diera el caso.
¿Qué plazo hay para oponerse a un monitorio?
Para oponerse al monitorio tienes 20 días hábiles. Para este cálculo no olvides que solamente se cuenta de lunes a viernes y no computan los días festivos dentro de estos.
Cómo llegar al JUZGADO 1ª INSTANCIA 4 de PALMA DE MALLORCA
Calle : TR D’EN BALLESTER 20 Población: PALMA DE MALLORCA
Código Postal: 7002 Provincia: ISLAS BALEARES
Teléfono: 971219373 FAX: 971219293
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