Si has recibido la notificación de un procedimiento monitorio del juzgado JUZGADO 1ª INSTANCIA 4 de SANTANDER o de cualquier otro juzgado es porque te están solicitando el pago de una deuda. Es importante mantener la calma, leer bien el documento debido a que la deuda que te reclamen debe de ser vencida,justificada y acreditada.
No olvides que el requerimiento debe de llegarte del juzgado donde tengas tu residencia o del partido judicial al que pertenece la población donde resides.
¿Qué puedes hacer cuando te han puesto un monitorio?
Una vez que has recibido la notificación de monitorio tienes tres opciones:
1.- REALIZAR EL PAGO VOLUNTARIAMENTE
Nada más deberías de hacerlo si estás de acuerdo con la deuda, por eso debes de comprobar perfectamente la documentación.
2.- OPONERSE AL MONITORIO
Si no reconoces el importe reclamado tienes que oponerte al monitorio , para oponerse tienes que hacer un escrito de respuesta al JUZGADO 1ª INSTANCIA 4 que te haya requerido , donde justifiques con pruebas el motivo por el que te has opuesto.
Una vez que te has opuesto finaliza el procedimiento monitorio y se inician las gestiones del procedimiento declarativo, es decir, un procedimiento que será ordinario o verbal en función del dinero reclamado, si si el importe es menos de 2000 euros será procedimiento verbal y si es mayor que esa cantidad será entonces ordinario.
Si se trata de un procedimiento verbal o de cantida reclamada por debajo de 2000 € no hace falta que estés representado por procurador y abogado, mientras que, para el procedimiento ordinario sí es obligatoria la presencia de un abogado y un procurador en el procedimiento.
Aún así, aunque el importe que te reclamen sea por debajo de 2000 euros es muy recomendable que la contestación te la redacte un abogado para que tengas la certeza de que tiene marco normativo para oponerte y ejercer una contestación buena. Ten en cuenta que podemos realizarte un estudio gratuito de los documentos, tú posteriormente decidirás si quieres contratar el servicio. Somos una empresa de asesoriamiento jurídico especialista en reclamaciones a financieras y Bancos.
3.- DEJAR PASAR EL PLAZO SIN LIQUIDAR LA DEUDA NI OPONERTE
Si no haces nada entonces finalizará el procedimiento monitorio y se propondrá al acreedor para que empiece un despacho de ejecución solicitando el importe de la deuda, pudiendo embargar tus bienes si hubiera que hacerlo.
¿Cuál es el plazo para oponerse a un monitorio?
Para oponerse al procedimiento monitorio tienes 20 días hábiles. Para realizar el cálculo no olvides que solamente se tiene en cuenta de lunes a viernes y no computan los días que sean festivos dentro de estos días.
Cómo llegar al JUZGADO 1ª INSTANCIA 4 de SANTANDER
Calle : AV PEDRO SAN MARTIN S/N Población: SANTANDER
Código Postal: 39071 Provincia: CANTABRIA
Teléfono: 942357024 FAX: 942357025
OTROS JUZGADOS EN SANTANDER