Si te han hecho llegar la notificación de un procedimiento monitorio del juzgado JUZGADO 1ª INSTANCIA 4 de SEVILLA o de cualquier otro es debido a que están reclamandote una deuda. Antes de nada tienes que mantener la calma, leer bien el documento debido a que la deuda reclamada debe de ser acreditada,vencida y justificada.
Ten en cuenta que el requerimiento tiene que llegarte del juzgado donde vivas o del partido judicial al que corresponde la población donde estás empadronado.
¿Qué debes de hacer cuando has recibido un monitorio?
Una vez que has recibido la notificación de monitorio tienes tres opciones:
1.- REALIZAR EL PAGO DE FORMA VOLUNTARIA
Solamente tendrías que realizarlo si estás conforme con el importe reclamado, por lo que tienes que comprobar perfectamente los documentos anexos.
2.- OPONERSE AL MONITORIO
Si no reconoces el motivo y el importe a pagar debes de oponerte al monitorio , para oponerse tienes que hacer una comunicación fundamentada al JUZGADO 1ª INSTANCIA 4 que te haya requerido , donde demuestres con argumentos la razón por la que te quieres oponer.
Cuando te has opuesto se da por finalizado el procedimiento monitorio y comienzan los trámites del procedimiento declarativo, es decir, un procedimiento que podrá ser verbal u ordinario en función de la cuantía reclamada, si la reclamación es de menos de 2000 euros entonces será procedimiento verbal y si es superior a 2000 € entonces será procedimiento ordinario.
Para un procedimiento verbal o de importe menor de 2000 euros no hace falta que estés representado por abogado y procurador, mientras que, para el procedimiento ordinario sí será preceptiva la presencia de abogado y procurador en el trámite.
En cualquier caso, aunque la cuantía que te reclamen sea por debajo de 2000 € es muy recomendable que el escrito de contestación te lo redacte un letrado para que tengas la certeza de que existe marco legal para oponerte y hacer una defensa excelente. Recuerda que nosotros te hacemos un estudio gratuito de los documentos, tú luego decidirás si deseas utlizar nuestros servicios. Somos una empresa de asistencia judicial experta en reclamaciones a Bancos y financieras.
3.- DEJAR QUE PASE EL PLAZO SIN PAGAR NI OPONERTE
Si no realizas nada entonces se dará por finalizado el procedimiento monitorio y se instará al acreedor para que empiece un despacho de ejecución por el que se te solicitará la cuantía reclamada, pudiendo embargar tus bienes si fuera necesario.
¿Cuál es el plazo para oponerse a un monitorio?
Para oponerte al procedimiento monitorio tienes 20 días hábiles. Para calcularlo recuerda que solamente se cuenta de lunes a viernes y no computan los días que sean festivos dentro de este rango.
Cómo llegar al JUZGADO 1ª INSTANCIA 4 de SEVILLA
Calle : CL VERMONDO RESTA S/N Población: SEVILLA
Código Postal: 41018 Provincia: SEVILLA
Teléfono: 955043022 FAX: 955043135
OTROS JUZGADOS EN SEVILLA