Si te han hecho llegar la notificación de un procedimiento monitorio del juzgado JUZGADO 1ª INSTANCIA 4 de TORREVIEJA o de cualquier otro juzgado es debido a que te están reclamando una deuda. Lo primero que debes de hacer es mantener la calma, repasar bien el documento ya que la deuda que te pidan debe de ser vencida,justificada y acreditada.
Ten en cuenta que el requerimiento debe de llegarte del juzgado donde tienes tu residencia o del partido judicial al que corresponde la población donde resides.
¿Qué opciones tienes si te han puesto un monitorio?
Una vez que has recibido la notificación de monitorio tienes tres opciones:
1.- REALIZAR EL PAGO VOLUNTARIAMENTE
Sólo tendrías que hacerlo si estás de acuerdo con la deuda, por lo que es necesario revisar correctamente la documentación.
2.- OPONERSE AL MONITORIO
Si no estás de acuerdo con la deuda debes de oponerte al monitorio , para oponerse hay que hacer una comunicación fundamentada al JUZGADO 1ª INSTANCIA 4 que proceda , donde justifiques con argumentos la razón por la que te opones.
Desde que te has opuesto se da por finalizado el procedimiento monitorio y empiezan las gestiones del procedimiento declarativo, es decir, un procedimiento que podrá ser ordinario o verbal en función del importe reclamado, si se reclaman menos de 2000 euros será procedimiento verbal y si es mayor que esa cantidad entonces será ordinario.
Para un procedimiento verbal o de importe inferior a 2000 euros no hace falta que estés representado por abogado y procurador, en cambio, para el procedimiento ordinario sí será preceptiva la presencia de un abogado y un procurador en la actuación.
De cualquier manera, aunque la deuda que te reclamen sea menor de 2000 euros te recomendamos que la contestación te la realice un letrado para que tengas la seguridad de que existe marco normativo para oponerte y ejercer una contestación buena. No olvides que podemos realizarte un estudio gratuito de la documentación, tú más tarde decides si deseas utlizar el servicio. Somos una empresa de asistencia judicial especializada en reclamaciones a Bancos.
3.- DEJAR QUE PASE EL PLAZO SIN ABONAR LA DEUDA NI OPONERTE
Si no haces ninguna de las dos primeras opciones entonces finalizará el procedimiento monitorio y se propondrá al acreedor para que empiece un despacho de ejecución solicitando la cuantía reclamada, pudiendo embargar tus bienes si hubiera que hacerlo.
¿Cuál es el plazo para oponerse a un monitorio?
Para oponerte al procedimiento monitorio tienes 20 días hábiles. Para calcularlo no olvides que nada más se tiene en cuenta de lunes a viernes y no se tienen en cuenta los días festivos dentro de estos días.
Cómo llegar al JUZGADO 1ª INSTANCIA 4 de TORREVIEJA
Calle : CL PATRICIO ZAMMIT S/N Población: TORREVIEJA
Código Postal: 3182 Provincia: ALICANTE
Teléfono: 966926541 FAX: 966926534
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