Si has recogido la notificación de un procedimiento monitorio del juzgado JUZGADO 1ª INSTANCIA 4 de VIGO o de cualquier otro juzgado es debido a que están reclamandote una deuda. Antes de nada tienes que mantener la calma, leer bien la citación ya que la deuda que te pidan debe de ser justificada, acreditada y vencida.
Ten en cuenta que la notificación debe de llegar del juzgado donde tengas tu residencia o del partido judicial al que pertenece la población donde vives.
¿Qué opciones tienes si te han puesto un monitorio?
Una vez que has recibido la notificación de monitorio tienes tres opciones:
1.- PAGAR DE FORMA VOLUNTARIA
Sólo debes de realizarlo si estás de acuerdo con la deuda, por esta razón tienes que examinar correctamente los documentos.
2.- OPONERTE AL MONITORIO
Si no estás de acuerdo con el importe reclamado debes de oponerte al monitorio , para oponerse hay que realizar una comunicación fundamentada al JUZGADO 1ª INSTANCIA 4 que te haya requerido , donde justifiques con pruebas el motivo por el que te opones.
En el momento que te has opuesto finaliza el procedimiento monitorio y comienzan las gestiones del procedimiento declarativo, es decir, un procedimiento que podrá ser ordinario o verbal en función de la cantidad reclamada, si si el importe es menos de 2000 euros será procedimiento verbal y si es mayor que esa cantidad entonces será procedimiento ordinario.
Para un procedimiento verbal o de importe por debajo de 2000 € no es necesario que estés representado por abogado y procurador, en cambio, para el procedimiento ordinario sí es obligatoria la presencia de un abogado y un procurador en la actuación.
De cualquier manera, aunque la cuantía que te reclamen sea por debajo de 2000 € te recomendamos que el escrito de contestación te lo realice un letrado para que tengas la certeza de que existe fundamento jurídico para oponerte y realizar una contestación apropiada. Ten en cuenta que nosotros te hacemos un estudio gratuito de la documentación, tú posteriormente decidirás si quieres utlizar nuestros servicios. Somos una empresa de asistencia judicial especialista en reclamaciones a Bancos y financieras.
3.- DEJAR PASAR EL PLAZO SIN LIQUIDAR LA DEUDA NI OPONERTE
Si no haces ninguna de las dos primeras opciones entonces se dará por finalizado el procedimiento monitorio y se instará al acreedor para que inicie un despacho de ejecución solicitando el importe de la deuda, pudiendo embargar tus bienes si fuera necesario.
¿Qué plazo hay para oponerse a un monitorio?
Para oponerte al procedimiento monitorio dispones de 20 días hábiles. Para este cálculo recuerda que nada más se cuenta de lunes a viernes y no computan los días festivos dentro de estos días.
Cómo llegar al JUZGADO 1ª INSTANCIA 4 de VIGO
Calle : CL LALIN 4 Población: VIGO
Código Postal: 36209 Provincia: PONTEVEDRA
Teléfono: 986817842 FAX: 986817844
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