¿Te han iniciado un procedimiento monitorio del JUZGADO 1ª INSTANCIA 41 de BARCELONA ?

Si has recibido la notificación de un procedimiento monitorio del juzgado JUZGADO 1ª INSTANCIA 41 de BARCELONA o de cualquier otro juzgado es porque están solicitandote el pago de una deuda. Antes de nada tienes que mantener la calma, comprabar bien el monitorio  debido a que la deuda reclamada debe de ser acreditada y justificada.

Ten en cuenta que la comunicación tiene que  llegar del juzgado donde tengas tu residencia o del partido judicial al que corresponde la población donde resides.

¿Qué puedes hacer si recibes un monitorio?

Una vez que has recibido la notificación de monitorio tienes tres opciones:

1.- PAGAR VOLUNTARIAMENTE

Solamente debes de hacerlo si estás de acuerdo con la deuda, por lo que tienes que comprobar muy bien el monitorio.

2.- OPONERTE AL MONITORIO

Si no reconoces el importe reclamado debes de oponerte al monitorio , para oponerse debes de hacer una comunicación fundamentada al JUZGADO 1ª INSTANCIA 41 que proceda  , donde expliques con pruebas la razón por la que te opones.

En el momento que te has opuesto finaliza el procedimiento monitorio y comienzan las gestiones del procedimiento declarativo, es decir, un procedimiento que será verbal u ordinario dependiendo de la cuantía reclamada, si se reclaman menos de 2000 € será verbal y si es superior a esa cantidad entonces será procedimiento ordinario.

En el caso de un procedimiento verbal o de importe inferior a 2000 euros no hace falta que estés representado por abogado y procurador, en cambio, para el procedimiento ordinario sí será necesaria la comparecencia de procurador y abogado en el procedimiento.

De cualquier manera, aunque el importe que te reclamen sea inferior a 2000 euros es recomendable que el escrito lo realice un letrado para que tengas la certeza de que tiene marco normativo para oponerte y ejercer una contestación apropiada. No olvides que nosotros te hacemos un estudio gratuito y sin compromiso de los documentos, tú más tarde decides si quieres utlizar nuestros servicios. Somos una empresa de asistencia judicial especializada en reclamaciones bancarias.

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3.- DEJAR QUE PASE EL PLAZO SIN ABONAR LA DEUDA NI OPONERTE

Si no realizas nada entonces finalizará el procedimiento monitorio y se propondrá al acreedor para que inicie un despacho de ejecución para solicitarte la cantidad reclamada, pudiendo embargar tus bienes si fuera necesario.

¿Qué plazo hay para oponerse a un monitorio?

Para oponerte al monitorio dispones de 20 días hábiles. Para calcularlo recuerda que sólo se tiene en cuenta de lunes a viernes y no computan los días festivos dentro de este rango.

 

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Si has recibido un monitorio y estás dentro del plazo legal para poder contestarlo podemos hacerte un estudio de forma totalmente gratuita. En muchas ocasiones, sobre todo en los procedimientos que {inician|empiezan las empresas de préstamos rápidos en las que suelen aplicar intereses abusivos, podemos contestar el monitorio efectuando una buena defensa legal, debiendo devolver (en la mayoría de las ocasiones) sólo el capital dispuesto.

 

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Cómo llegar al JUZGADO 1ª INSTANCIA 41 de BARCELONA

Calle : GV  DE LES CORTS CATALANES 111 Población: BARCELONA

 Código Postal:  8014 Provincia: BARCELONA

Teléfono: 935549441 FAX: 935549541

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