Si te ha llegado la notificación de un procedimiento monitorio del juzgado JUZGADO 1ª INSTANCIA 43 de BARCELONA o de cualquier otro es porque están reclamandote una deuda. Lo primero es mantener la calma, repasar bien la citación ya que la deuda que te soliciten debe de ser justificada, acreditada y vencida.
También debes de saber que la comunicación debe de llegar del juzgado donde vivas o del partido judicial al que corresponde la población donde resides.
¿Qué puedes hacer cuando te han puesto un monitorio?
Una vez que has recibido la notificación de monitorio tienes tres opciones:
1.- ABONAR LA DEUDA VOLUNTARIAMENTE
Nada más deberías de hacerlo si estás de acuerdo con el motivo y el importe a pagar, por lo que debes de comprobar correctamente los documentos anexos.
2.- OPONERTE AL MONITORIO
Si no reconoces el motivo y el importe a pagar debes de oponerte al monitorio , para oponerse debes de realizar una comunicación fundamentada al JUZGADO 1ª INSTANCIA 43 que proceda , donde expliques con argumentos el motivo por el que te opones.
Una vez que te has opuesto acaba el procedimiento monitorio y comienzan las gestiones del procedimiento declarativo, es decir, un procedimiento que podrá ser ordinario o verbal en función de la cantidad reclamada, si la reclamación es de menos de 2000 € será verbal y si es mayor que 2000 € será entonces procedimiento ordinario.
Si se trata de un procedimiento verbal o de cantida reclamada menor de 2000 euros no hará falta que estés representado por un abogado y un procurador, mientras que, para el procedimiento ordinario sí es obligatorio la presencia de abogado y procurador en el procedimiento.
De cualquier manera, aunque la deuda que te reclamen sea menor de 2000 euros es recomendable que el escrito de contestación te lo realice un abogado para que tengas la certeza de que tiene marco legal para oponerte y efectuar una defensa buena. Recuerda que nosotros te hacemos un estudio gratuito y sin compromiso de la documentación, tú luego decides si quieres usar nuestros servicios. Somos una empresa de asistencia judicial especializada en reclamaciones a Bancos.
3.- DEJAR QUE PASE EL PLAZO SIN LIQUIDAR LA DEUDA NI OPONERTE
Si no realizas nada entonces finalizará el procedimiento monitorio y se instará al acreedor para que empiece un despacho de ejecución para solicitarte el importe de la deuda, pudiendo embargar tus bienes si hace falta.
¿Qué plazo hay para oponerse a un monitorio?
Para oponerte al procedimiento monitorio dispones de 20 días hábiles. Para calcularlo no olvides que solamente se cuenta de lunes a viernes y no contarán los días que sean festivos dentro de estos días.
Cómo llegar al JUZGADO 1ª INSTANCIA 43 de BARCELONA
Calle : GV DE LES CORTS CATALANES 111 Población: BARCELONA
Código Postal: 8014 Provincia: BARCELONA
Teléfono: 935549443 FAX: 935549543
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