Si has recogido la notificación de un procedimiento monitorio del juzgado JUZGADO 1ª INSTANCIA 46 de BARCELONA o de cualquier otro juzgado es debido a que te están solicitando el pago de una deuda. Es importante mantener la calma, lee bien el documento debido a que la deuda que te reclamen debe de ser acreditada,justificada y vencida.
Ten en cuenta que la notificación debe de llegar del juzgado donde tienes tu residencia o del partido judicial al que pertenece la población donde estás empadronado.
¿Qué tienes que hacer si recibes un monitorio?
Una vez que has recibido la notificación de monitorio tienes tres opciones:
1.- ABONAR LA DEUDA DE FORMA VOLUNTARIA
Nada más tienes que hacerlo si estás de acuerdo con el motivo y el importe a pagar, por lo que debes de revisar correctamente los documentos anexos.
2.- OPONERTE AL MONITORIO
Si no reconoces el importe reclamado debes de oponerte al monitorio , para oponerse debes de realizar una comunicación fundamentada al JUZGADO 1ª INSTANCIA 46 que proceda , donde aclares con pruebas el motivo por el que te opones.
Una vez que te has opuesto se da por finalizado el procedimiento monitorio y comienzan las gestiones del procedimiento declarativo, es decir, un procedimiento que será ordinario o verbal dependiendo del importe reclamado, si se reclaman menos de 2000 euros entonces será verbal y si es superior a esa cantidad será un procedimiento ordinario.
Si se trata de un procedimiento verbal o de importe inferior a 2000 euros no será necesario que estés representado por procurador y abogado, mientras que, para el procedimiento ordinario sí es obligatoria la comparecencia de procurador y abogado en el trámite.
De todos modos, aunque la cuantía que te reclamen sea menor de 2000 euros es recomendable que la contestación te la realice un abogado para que tengas la certeza de que existe marco legal para oponerte y efectuar una contestación buena. Ten en cuenta que podemos realizarte un estudio gratuito y sin compromiso de la documentación, tú más tarde decides si quieres contratar nuestros servicios. Somos una empresa de asistencia judicial experta en reclamaciones bancarias.
3.- DEJAR EXPIRAR EL PLAZO SIN ABONAR LA DEUDA NI OPONERTE
Si no haces ninguna de las dos primeras opciones entonces finalizará el procedimiento monitorio y se instará al acreedor para que inicie un despacho de ejecución para solicitarte la cuantía reclamada, pudiendo embargar tus bienes si se diera el caso.
¿Cuantos días hay para oponerse a un monitorio?
Para oponerte al monitorio dispones de 20 días hábiles. Para realizar el cálculo no olvides que sólo se cuenta de lunes a viernes y no contarán los días que sean festivos dentro de estos.
Cómo llegar al JUZGADO 1ª INSTANCIA 46 de BARCELONA
Calle : GV DE LES CORTS CATALANES 111 Población: BARCELONA
Código Postal: 8014 Provincia: BARCELONA
Teléfono: 935549446 FAX: 935549546
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