Si te han hecho llegar la notificación de un procedimiento monitorio del juzgado JUZGADO 1ª INSTANCIA 46 de MADRID o de cualquier otro juzgado es porque te están solicitando el pago de una deuda. Lo primero que debes de hacer es mantener la calma, repasar bien el monitorio debido a que la deuda reclamada debe de ser justificada, vencida y acreditada.
No olvides que la citación tiene que llegar del juzgado donde tienes tu residencia o del partido judicial al que corresponde la población donde resides.
¿Qué tienes que hacer si te han puesto un monitorio?
Una vez que has recibido la notificación de monitorio tienes tres opciones:
1.- ABONAR LA DEUDA DE FORMA VOLUNTARIA
Sólo deberías de realizarlo si estás de acuerdo con la deuda, por eso debes de comprobar muy bien la citación.
2.- OPONERSE AL MONITORIO
Si no estás de acuerdo con la deuda debes de oponerte al monitorio , para oponerse hay que hacer una comunicación fundamentada al JUZGADO 1ª INSTANCIA 46 que te haya requerido , donde aclares con argumentos el motivo por el que te has opuesto.
Desde que te has opuesto acaba el procedimiento monitorio y se inician las gestiones del procedimiento declarativo, es decir, un procedimiento que podrá ser ordinario o verbal en función del importe reclamado, si si el importe es menos de 2000 € entonces será verbal y si es superior a 2000 euros será ordinario.
Si se trata de un procedimiento verbal o de cantida reclamada menor de 2000 € no hará falta que estés representado por un abogado y un procurador, mientras que, para el procedimiento ordinario sí será necesaria la asistencia de un procurador y un abogado en la actuación.
De todos modos, aunque el importe que te reclamen sea inferior a 2000 € es recomendable que la contestación te la redacte un abogado para que tengas la certeza de que existe marco legal para oponerte y ejercer una defensa excelente. No olvides que podemos realizarte un estudio gratuito y sin compromiso de la documentación, tú posteriormente decidirás si quieres utlizar nuestros servicios. Somos una empresa de servicios jurídicos especializada en reclamaciones a Bancos y financieras.
3.- DEJAR PASAR EL PLAZO SIN LIQUIDAR LA DEUDA NI OPONERTE
Si no haces nada entonces se dará por finalizado el procedimiento monitorio y se propondrá al acreedor para que empiece un despacho de ejecución pidiendo el importe de la deuda, pudiendo embargar tus bienes si hubiera que hacerlo.
¿Cuantos días hay para oponerse a un monitorio?
Para oponerte al monitorio tienes 20 días hábiles. Para realizar el cálculo recuerda que sólo se tiene en cuenta de lunes a viernes y no cuentan los días festivos dentro de estos días.
Cómo llegar al JUZGADO 1ª INSTANCIA 46 de MADRID
Calle : CL DEL POETA 66 Población: MADRID
Código Postal: 28020 Provincia: MADRID
Teléfono: 914932866 FAX: 914932869
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