¿Has recibido un procedimiento monitorio del JUZGADO 1ª INSTANCIA 49 de BARCELONA ?

Si te ha llegado la notificación de un procedimiento monitorio del juzgado JUZGADO 1ª INSTANCIA 49 de BARCELONA o de cualquier otro juzgado es debido a que están reclamandote una deuda. Es importante mantener la calma, revisar bien el documento  debido a que la deuda reclamada debe de ser acreditada,justificada y vencida.

No olvides que la comunicación tiene que  llegarte del juzgado donde residas o del partido judicial al que corresponda el lugar donde resides.

¿Qué opciones tienes si has recibido un monitorio?

Una vez que has recibido la notificación de monitorio tienes tres opciones:

1.- LIQUIDAR LA DEUDA DE FORMA VOLUNTARIA

Nada más debes de realizarlo si estás de acuerdo con el motivo y el importe a pagar, por esta razón tienes que examinar muy bien los documentos.

2.- OPONERSE AL MONITORIO

Si no reconoces la deuda debes de oponerte al monitorio , para oponerse tienes que hacer un escrito de respuesta al JUZGADO 1ª INSTANCIA 49 que proceda  , donde aclares con pruebas la razón por la que te opones.

En el momento que te has opuesto se da por finalizado el procedimiento monitorio y empiezan los trámites del procedimiento declarativo, es decir, un procedimiento que será ordinario o verbal en función del dinero reclamado, si la reclamación es de menos de 2000 € entonces será verbal y si es mayor que 2000 euros será procedimiento ordinario.

Si se trata de un procedimiento verbal o de cantida reclamada por debajo de 2000 € no hace falta que estés representado por abogado y procurador, en cambio, para el procedimiento ordinario sí es obligatoria la comparecencia de procurador y abogado en el trámite.

De cualquier manera, aunque la deuda que te reclamen sea por debajo de 2000 € es muy recomendable que la contestación te la realice un abogado para que tengas la garantía de que tiene marco legal para oponerte y hacer una contestación excelente. Ten en cuenta que nuestra empresa te hace un estudio gratuito y sin compromiso de los documentos, tú después decides si deseas utlizar el servicio. Somos una empresa de asesoriamiento jurídico especialista en reclamaciones a financieras y Bancos.

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3.- DEJAR QUE PASE EL PLAZO SIN PAGAR NI OPONERTE

Si no realizas nada entonces acabará el procedimiento monitorio y se instará al acreedor para que empiece un despacho de ejecución para solicitarte la cantidad reclamada, pudiendo embargar tus bienes si hace falta.

¿Qué plazo hay para oponerse a un monitorio?

Para oponerse al monitorio dispones de 20 días hábiles. Para este cálculo no olvides que nada más se cuenta de lunes a viernes y no computan los días festivos dentro de estos.

 

ESTUDIAMOS GRATUITAMENTE TU CASO
Si has recibido un procedimiento monitorio y estás dentro del plazo legal para contestarlo podemos realizarte un estudio de forma totalmente gratuita. En bastantes ocasiones, principalmente en los procedimientos que {inician|empiezan las empresas de préstamos rápidos en las que suelen poner práctica intereses abusivos, podemos contestar el monitorio efectuando una buena defensa legal, debiendo devolver (la mayoría de veces) sólo el capital prestado.

 

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Cómo llegar al JUZGADO 1ª INSTANCIA 49 de BARCELONA

Calle : GV  DE LES CORTS CATALANES 111 Población: BARCELONA

 Código Postal:  8014 Provincia: BARCELONA

Teléfono: 935549449 FAX: 935549549

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