Si has recogido la notificación de un procedimiento monitorio del juzgado JUZGADO 1ª INSTANCIA 5 de ALCOBENDAS o de cualquier otro juzgado es porque te están reclamando una deuda. Lo primero es mantener la calma, comprabar bien el requerimiento debido a que la deuda que te soliciten debe de ser acreditada y justificada.
No olvides que la citación tiene que llegar del juzgado donde tienes tu residencia o del partido judicial al que pertenece la población donde estás empadronado.
¿Qué puedes hacer si te han puesto un monitorio?
Una vez que has recibido la notificación de monitorio tienes tres opciones:
1.- LIQUIDAR LA DEUDA VOLUNTARIAMENTE
Solamente debes de hacerlo si estás de acuerdo con el importe reclamado, por eso es necesario examinar correctamente los documentos.
2.- OPONERSE AL MONITORIO
Si no reconoces el importe reclamado tienes que oponerte al monitorio , para oponerse debes de hacer una comunicación fundamentada al JUZGADO 1ª INSTANCIA 5 que proceda , donde expliques con argumentos la razón por la que te has opuesto.
Una vez que te has opuesto acaba el procedimiento monitorio y se inician los trámites del procedimiento declarativo, es decir, un procedimiento que podrá ser verbal u ordinario dependiendo de la cantidad reclamada, si se reclaman menos de 2000 euros entonces será verbal y si es mayor que 2000 € entonces será un procedimiento ordinario.
En el caso de un procedimiento verbal o de cantida reclamada menor de 2000 euros no hace falta que estés representado por un abogado y un procurador, en cambio, para el procedimiento ordinario sí será necesaria la asistencia de procurador y abogado en el trámite.
En cualquier caso, aunque el importe que te reclamen sea menor de 2000 euros es recomendable que el escrito de contestación te lo redacte un letrado para que tengas la seguridad de que tiene marco legal para oponerte y efectuar una contestación buena. Recuerda que nuestra empresa te hace un estudio gratuito de la documentación, tú más tarde decides si quieres utlizar el servicio. Somos una empresa de asistencia judicial especializada en reclamaciones a financieras y Bancos.
3.- DEJAR QUE PASE EL PLAZO SIN ABONAR LA DEUDA NI OPONERTE
Si no haces ninguna de las dos primeras opciones entonces acabará el procedimiento monitorio y se instará al acreedor para que empiece un despacho de ejecución pidiendo la cuantía reclamada, pudiendo embargar tus bienes si hace falta.
¿Cuál es el plazo para oponerse a un monitorio?
Para oponerse al monitorio tienes 20 días hábiles. Para realizar el cálculo no olvides que sólo se tiene en cuenta de lunes a viernes y no contarán los días que sean festivos dentro de estos.
Cómo llegar al JUZGADO 1ª INSTANCIA 5 de ALCOBENDAS
Calle : CL SEVERO OCHOA 45 Población: ALCOBENDAS
Código Postal: 28100 Provincia: MADRID
Teléfono: 912760368 FAX: 916572608
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