Si has recogido la notificación de un procedimiento monitorio del juzgado JUZGADO 1ª INSTANCIA 5 de ARONA o de cualquier otro juzgado es porque están reclamandote una deuda. Es importante mantener la calma, repasar bien el monitorio ya que la deuda que te soliciten debe de ser acreditada y justificada.
Ten en cuenta que la citación tiene que llegarte del juzgado donde vivas o del partido judicial al que pertenece el lugar donde resides.
¿Qué puedes hacer cuando recibes un monitorio?
Una vez que has recibido la notificación de monitorio tienes tres opciones:
1.- PAGAR DE FORMA VOLUNTARIA
Nada más deberías de realizarlo si estás conforme con la deuda, por eso es necesario comprobar muy bien la documentación anexa.
2.- OPONERTE AL MONITORIO
Si no estás de acuerdo con la deuda debes de oponerte al monitorio , para oponerse debes de hacer una comunicación fundamentada al JUZGADO 1ª INSTANCIA 5 que te haya requerido , donde demuestres con argumentos la razón por la que te has opuesto.
Cuando te has opuesto se da por finalizado el procedimiento monitorio y se inician las gestiones del procedimiento declarativo, es decir, un procedimiento que será verbal u ordinario en función de la cuantía reclamada, si se reclaman menos de 2000 € entonces será verbal y si es mayor que esa cantidad entonces será procedimiento ordinario.
Para un procedimiento verbal o de cantida reclamada por debajo de 2000 euros no no es obligatorio que estés representado por un abogado y un procurador, en cambio, para el procedimiento ordinario sí será preceptiva la asistencia de abogado y procurador en el trámite.
Sea como sea, aunque la cuantía que te reclamen sea inferior a 2000 € te recomendamos que el escrito de contestación te lo redacte un letrado para que tengas la seguridad de que tiene fundamento jurídico para oponerte y hacer una defensa buena. Recuerda que podemos realizarte un estudio gratuito y sin compromiso de los documentos, tú luego decidirás si deseas utlizar nuestros servicios. Somos una empresa de asesoriamiento jurídico especializada en reclamaciones a Bancos y financieras.
3.- DEJAR QUE PASE EL PLAZO SIN LIQUIDAR LA DEUDA NI OPONERTE
Si no haces nada entonces acabará el procedimiento monitorio y se propondrá al acreedor para que empiece un despacho de ejecución pidiendo la cantidad reclamada, pudiendo embargar tus bienes si fuera necesario.
¿Cuantos días hay para oponerse a un monitorio?
Para oponerte al procedimiento monitorio tienes 20 días hábiles. Para este cálculo no olvides que sólo se tiene en cuenta de lunes a viernes y no cuentan los días festivos dentro de estos días.
Cómo llegar al JUZGADO 1ª INSTANCIA 5 de ARONA
Calle : AV CHAYOFITA S/N Población: ARONA
Código Postal: 38650 Provincia: SANTA CRUZ DE TENERIFE
Teléfono: 922777631 FAX: 922747330
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