Si has recogido la notificación de un procedimiento monitorio del juzgado JUZGADO 1ª INSTANCIA 5 de BURGOS o de cualquier otro es porque están reclamandote una deuda. Lo primero que debes de hacer es mantener la calma, revisar bien el monitorio ya que la deuda que te reclamen debe de ser justificada, acreditada y vencida.
No olvides que el requerimiento tiene que llegarte del juzgado donde tienes tu residencia o del partido judicial al que pertenece la población donde vives.
¿Qué tienes que hacer si recibes un monitorio?
Una vez que has recibido la notificación de monitorio tienes tres opciones:
1.- PAGAR DE FORMA VOLUNTARIA
Solamente debes de hacerlo si estás de acuerdo con la deuda, por esta razón tienes que examinar perfectamente la documentación.
2.- OPONERTE AL MONITORIO
Si no estás de acuerdo con el importe reclamado tienes que oponerte al monitorio , para oponerse debes de hacer una comunicación fundamentada al JUZGADO 1ª INSTANCIA 5 que te haya requerido , donde demuestres con pruebas la razón por la que te quieres oponer.
Cuando te has opuesto se da por finalizado el procedimiento monitorio y comienzan los trámites del procedimiento declarativo, es decir, un procedimiento que podrá ser verbal u ordinario en función de la cuantía reclamada, si se reclaman menos de 2000 € entonces será verbal y si es superior a 2000 € será entonces ordinario.
Para un procedimiento verbal o de cantida reclamada inferior a 2000 euros no hace falta que estés representado por un abogado y un procurador, en cambio, para el procedimiento ordinario sí será preceptiva la presencia de abogado y procurador en la actuación.
De todos modos, aunque la deuda que te reclamen sea inferior a 2000 euros te recomendamos que el escrito de contestación te lo redacte un abogado para que tengas la garantía de que existe marco legal para oponerte y realizar una contestación excelente. Recuerda que podemos realizarte un estudio gratuito de los documentos, tú posteriormente decidirás si deseas usar nuestros servicios. Somos una empresa de asistencia judicial especialista en reclamaciones bancarias.
3.- DEJAR QUE PASE EL PLAZO SIN LIQUIDAR LA DEUDA NI OPONERTE
Si no realizas nada entonces acabará el procedimiento monitorio y se instará al acreedor para que inicie un despacho de ejecución pidiendo el importe de la deuda, pudiendo embargar tus bienes si se diera el caso.
¿Cuál es el plazo para oponerse a un monitorio?
Para oponerse al monitorio dispones de 20 días hábiles. Para realizar el cálculo no olvides que sólo se cuenta de lunes a viernes y no computarán los días festivos dentro de estos.
Cómo llegar al JUZGADO 1ª INSTANCIA 5 de BURGOS
Calle : AV REYES CATOLICOS 51 Población: BURGOS
Código Postal: 9005 Provincia: BURGOS
Teléfono: 947284165 FAX: 947284011
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