Si te han hecho llegar la notificación de un procedimiento monitorio del juzgado JUZGADO 1ª INSTANCIA 5 de CADIZ o de cualquier otro juzgado es porque están reclamandote una deuda. Antes de nada tienes que mantener la calma, comprabar bien la citación ya que la deuda que te reclamen debe de ser acreditada,justificada y vencida.
Ten en cuenta que la citación tiene que llegarte del juzgado donde tienes tu residencia o del partido judicial al que pertenece la población donde vives.
¿Qué puedes hacer si has recibido un monitorio?
Una vez que has recibido la notificación de monitorio tienes tres opciones:
1.- LIQUIDAR LA DEUDA DE FORMA VOLUNTARIA
Solamente tienes que hacerlo si estás de acuerdo con el importe reclamado, por eso tienes que examinar muy bien la documentación.
2.- OPONERTE AL MONITORIO
Si no reconoces el importe reclamado tienes que oponerte al monitorio , para oponerse hay que realizar una comunicación fundamentada al JUZGADO 1ª INSTANCIA 5 que te haya requerido , donde aclares con pruebas el motivo por el que te opones.
Una vez que te has opuesto se da por finalizado el procedimiento monitorio y comienzan los trámites del procedimiento declarativo, es decir, un procedimiento que será verbal u ordinario en función del dinero reclamado, si la reclamación es de menos de 2000 € será procedimiento verbal y si es superior a 2000 € será ordinario.
En el caso de un procedimiento verbal o de cantida reclamada inferior a 2000 € no no es obligatorio que estés representado por procurador y abogado, mientras que, para el procedimiento ordinario sí es obligatoria la asistencia de un procurador y un abogado en el procedimiento.
En cualquier caso, aunque la cuantía que te reclamen sea inferior a 2000 € te recomendamos que el escrito de contestación te lo realice un abogado para que tengas la garantía de que tiene marco normativo para oponerte y realizar una contestación buena. Ten en cuenta que podemos realizarte un estudio gratuito y sin compromiso de la documentación, tú luego decides si deseas utlizar nuestros servicios. Somos una empresa de asesoriamiento jurídico experta en reclamaciones bancarias.
3.- DEJAR QUE PASE EL PLAZO SIN LIQUIDAR LA DEUDA NI OPONERTE
Si no realizas nada entonces se dará por finalizado el procedimiento monitorio y se propondrá al acreedor para que inicie un despacho de ejecución pidiendo la cuantía reclamada, pudiendo embargar tus bienes si se diera el caso.
¿Qué plazo hay para oponerse a un monitorio?
Para oponerse al monitorio dispones de 20 días hábiles. Para calcularlo no olvides que solamente se tiene en cuenta de lunes a viernes y no computarán los días festivos dentro de este rango.
Cómo llegar al JUZGADO 1ª INSTANCIA 5 de CADIZ
Calle : AV JUAN CARLOS I S/N Población: CADIZ
Código Postal: 11008 Provincia: CADIZ
Teléfono: 956060147 FAX: 956203797
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