Si has recibido la notificación de un procedimiento monitorio del juzgado JUZGADO 1ª INSTANCIA 5 de FERROL o de cualquier otro es debido a que están reclamandote una deuda. Lo primero es mantener la calma, comprabar bien el monitorio debido a que la deuda que te reclamen debe de ser vencida,justificada y acreditada.
Es importante que sepas que la citación debe de llegarte del juzgado donde tengas tu residencia o del partido judicial al que pertenezca la población donde resides.
¿Qué opciones tienes si recibes un monitorio?
Una vez que has recibido la notificación de monitorio tienes tres opciones:
1.- ABONAR LA DEUDA DE FORMA VOLUNTARIA
Únicamente deberías de hacerlo si estás conforme con el importe reclamado, por lo que tienes que revisar muy bien el monitorio.
2.- OPONERTE AL MONITORIO
Si no reconoces la deuda debes de oponerte al monitorio , para oponerse tienes que realizar una comunicación fundamentada al JUZGADO 1ª INSTANCIA 5 que te haya requerido , donde expliques con pruebas el motivo por el que te quieres oponer.
Cuando te has opuesto se da por finalizado el procedimiento monitorio y se inician las gestiones del procedimiento declarativo, es decir, un procedimiento que podrá ser verbal u ordinario dependiendo de la cantidad reclamada, si se reclaman menos de 2000 euros será verbal y si es mayor que esa cantidad será entonces procedimiento ordinario.
Si se trata de un procedimiento verbal o de importe inferior a 2000 € no es necesario que estés representado por procurador y abogado, en cambio, para el procedimiento ordinario sí es obligatoria la comparecencia de un procurador y un abogado en la actuación.
De cualquier manera, aunque la deuda que te reclamen sea menor de 2000 € es recomendable que el escrito lo realice un letrado para que tengas la certeza de que tiene marco normativo para oponerte y realizar una defensa apropiada. Ten en cuenta que te podemos hacer un estudio gratuito de los documentos, tú posteriormente decides si deseas usar el servicio. Somos una empresa de servicios jurídicos especialista en reclamaciones a Bancos y financieras.
3.- DEJAR EXPIRAR EL PLAZO SIN PAGAR NI OPONERTE
Si no realizas nada entonces se dará por finalizado el procedimiento monitorio y se propondrá al acreedor para que empiece un despacho de ejecución solicitando el importe de la deuda, pudiendo embargar tus bienes si hace falta.
¿Qué plazo hay para oponerse a un monitorio?
Para oponerte al procedimiento monitorio tienes 20 días hábiles. Para realizar el cálculo no olvides que nada más se cuenta de lunes a viernes y no contarán los días festivos dentro de este rango.
Cómo llegar al JUZGADO 1ª INSTANCIA 5 de FERROL
Calle : CL CORUÑA 55 Población: FERROL
Código Postal: 15401 Provincia: A CORUÑA
Teléfono: 981337502 FAX:
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