Si has recogido la notificación de un procedimiento monitorio del juzgado JUZGADO 1ª INSTANCIA 5 de GIJÓN o de cualquier otro juzgado es porque te están reclamando una deuda. Antes de nada tienes que mantener la calma, leer bien el requerimiento ya que la deuda que te pidan debe de ser justificada, acreditada y vencida.
Ten en cuenta que la comunicación debe de llegarte del juzgado donde tienes tu residencia o del partido judicial al que pertenece la población donde estás empadronado.
¿Qué tienes que hacer cuando has recibido un monitorio?
Una vez que has recibido la notificación de monitorio tienes tres opciones:
1.- ABONAR LA DEUDA DE FORMA VOLUNTARIA
Solamente deberías de realizarlo si estás conforme con el motivo y el importe a pagar, por eso debes de comprobar muy bien los documentos.
2.- OPONERTE AL MONITORIO
Si no estás de acuerdo con la deuda tienes que oponerte al monitorio , para oponerse debes de realizar un escrito de respuesta al JUZGADO 1ª INSTANCIA 5 que te haya requerido , donde expliques con pruebas el motivo por el que te opones.
Cuando te has opuesto se da por finalizado el procedimiento monitorio y comienzan los trámites del procedimiento declarativo, es decir, un procedimiento que será ordinario o verbal en función del dinero reclamado, si se reclaman menos de 2000 € será procedimiento verbal y si es mayor que 2000 € será entonces procedimiento ordinario.
Si se trata de un procedimiento verbal o de cantida reclamada por debajo de 2000 € no hace falta que estés representado por un procurador y un abogado, en cambio, para el procedimiento ordinario sí es obligatorio la presencia de procurador y abogado en el procedimiento.
Sin embargo, aunque el importe que te reclamen sea inferior a 2000 euros es recomendable que el escrito de contestación te lo realice un abogado para que tengas la certeza de que existe marco jurídico para oponerte y ejercer una contestación apropiada. Recuerda que nuestra empresa te hace un estudio gratuito y sin compromiso de la documentación, tú posteriormente decides si quieres usar el servicio. Somos una empresa de servicios jurídicos especializada en reclamaciones a Bancos y financieras.
3.- DEJAR QUE PASE EL PLAZO SIN ABONAR LA DEUDA NI OPONERTE
Si no realizas nada entonces acabará el procedimiento monitorio y se propondrá al acreedor para que inicie un despacho de ejecución pidiendo la cantidad reclamada, pudiendo embargar tus bienes si fuera necesario.
¿Cuál es el plazo para oponerse a un monitorio?
Para oponerse al monitorio tienes 20 días hábiles. Para este cálculo recuerda que solamente se cuenta de lunes a viernes y no se tienen en cuenta los días que sean festivos dentro de estos días.
Cómo llegar al JUZGADO 1ª INSTANCIA 5 de GIJÓN
Calle : PZ DECANO EDUARDO IBASE S/N Población: GIJÓN
Código Postal: 33207 Provincia: ASTURIAS
Teléfono: 985175531 FAX: 985175513
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