Si te han hecho llegar la notificación de un procedimiento monitorio del juzgado JUZGADO 1ª INSTANCIA 5 de GIRONA o de cualquier otro es debido a que te están reclamando una deuda. Antes de nada tienes que mantener la calma, revisar bien la citación debido a que la deuda que te soliciten debe de ser vencida
Recuerda que el requerimiento tiene que llegar del juzgado donde residas o del partido judicial al que corresponda el lugar donde estás empadronado.
¿Qué debes de hacer cuando has recibido un monitorio?
Una vez que has recibido la notificación de monitorio tienes tres opciones:
1.- REALIZAR EL PAGO DE FORMA VOLUNTARIA
Solamente debes de realizarlo si estás conforme con el motivo y el importe a pagar, por esta razón es necesario comprobar perfectamente el monitorio.
2.- OPONERTE AL MONITORIO
Si no reconoces la deuda tienes que oponerte al monitorio , para oponerse debes de hacer una comunicación fundamentada al JUZGADO 1ª INSTANCIA 5 que te haya requerido , donde justifiques con argumentos la razón por la que te opones.
Desde que te has opuesto acaba el procedimiento monitorio y empiezan los trámites del procedimiento declarativo, es decir, un procedimiento que será ordinario o verbal en función del dinero reclamado, si se reclaman menos de 2000 euros entonces será procedimiento verbal y si es mayor que esa cantidad entonces será ordinario.
Para un procedimiento verbal o de cuantía por debajo de 2000 euros no hará falta que estés representado por procurador y abogado, en cambio, para el procedimiento ordinario sí será preceptiva la comparecencia de procurador y abogado en el procedimiento.
Aún así, aunque la deuda que te reclamen sea menor de 2000 euros es recomendable que el escrito lo redacte un abogado para que tengas la garantía de que tiene fundamento jurídico para oponerte y efectuar una defensa buena. No olvides que nuestra empresa te hace un estudio gratuito y sin compromiso de la documentación, tú más tarde decides si quieres contratar el servicio. Somos una empresa de servicios jurídicos experta en reclamaciones a Bancos y financieras.
3.- DEJAR PASAR EL PLAZO SIN LIQUIDAR LA DEUDA NI OPONERTE
Si no haces ninguna de las dos primeras opciones entonces finalizará el procedimiento monitorio y se instará al acreedor para que inicie un despacho de ejecución por el que se te solicitará el importe de la deuda, pudiendo embargar tus bienes si hace falta.
¿Qué plazo hay para oponerse a un monitorio?
Para oponerse al procedimiento monitorio dispones de 20 días hábiles. Para este cálculo no olvides que solamente se cuenta de lunes a viernes y no computarán los días festivos dentro de este rango.
Cómo llegar al JUZGADO 1ª INSTANCIA 5 de GIRONA
Calle : AV RAMON FOLCH 04-jun Población: GIRONA
Código Postal: 17001 Provincia: GIRONA
Teléfono: 972181715 FAX: 972181792
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