Si te han hecho llegar la notificación de un procedimiento monitorio del juzgado JUZGADO 1ª INSTANCIA 5 de JAEN o de cualquier otro juzgado es debido a que te están solicitando el pago de una deuda. Lo primero es mantener la calma, comprabar bien el documento debido a que la deuda que te reclamen debe de ser acreditada,vencida y justificada.
Es importante que sepas que la notificación tiene que llegar del juzgado donde residas o del partido judicial al que corresponda el lugar donde resides.
¿Qué opciones tienes si recibes un monitorio?
Una vez que has recibido la notificación de monitorio tienes tres opciones:
1.- REALIZAR EL PAGO VOLUNTARIAMENTE
Únicamente tendrías que hacerlo si estás conforme con la deuda, por ese motivo tienes que revisar correctamente la documentación anexa.
2.- OPONERSE AL MONITORIO
Si no estás de acuerdo con el motivo y el importe a pagar debes de oponerte al monitorio , para oponerse tienes que realizar un escrito de respuesta al JUZGADO 1ª INSTANCIA 5 que proceda , donde aclares con argumentos el motivo por el que te opones.
Desde que te has opuesto se da por finalizado el procedimiento monitorio y se inician las gestiones del procedimiento declarativo, es decir, un procedimiento que será verbal u ordinario en función de la cuantía reclamada, si se reclaman menos de 2000 euros será procedimiento verbal y si es superior a esa cantidad entonces será ordinario.
Para un procedimiento verbal o de cantida reclamada inferior a 2000 € no hace falta que estés representado por abogado y procurador, mientras que, para el procedimiento ordinario sí es obligatorio la comparecencia de un abogado y un procurador en el trámite.
En cualquier caso, aunque la deuda que te reclamen sea por debajo de 2000 € te recomendamos que la contestación te la redacte un abogado para que tengas la seguridad de que tiene marco normativo para oponerte y realizar una contestación excelente. Ten en cuenta que nuestra empresa te hace un estudio gratuito de los documentos, tú más tarde decidirás si deseas utlizar nuestros servicios. Somos una empresa de asesoriamiento jurídico especializada en reclamaciones bancarias.
3.- DEJAR PASAR EL PLAZO SIN ABONAR LA DEUDA NI OPONERTE
Si no haces nada entonces se dará por finalizado el procedimiento monitorio y se propondrá al acreedor para que empiece un despacho de ejecución solicitando la cuantía reclamada, pudiendo embargar tus bienes si hace falta.
¿Cuál es el plazo para oponerse a un monitorio?
Para oponerse al monitorio tienes 20 días hábiles. Para este cálculo recuerda que nada más se cuenta de lunes a viernes y no computarán los días que sean festivos dentro de estos días.
Cómo llegar al JUZGADO 1ª INSTANCIA 5 de JAEN
Calle : CL ARQUITECTO BERGES 16 Población: JAEN
Código Postal: 23007 Provincia: JAEN
Teléfono: 953963225 FAX: 953012751
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