Si has recibido la notificación de un procedimiento monitorio del juzgado JUZGADO 1ª INSTANCIA 5 de LAS PALMAS DE GRAN CANARIA o de cualquier otro es debido a que te están reclamando una deuda. Lo primero que debes de hacer es mantener la calma, leer bien el monitorio debido a que la deuda que te reclamen debe de ser acreditada,vencida y justificada.
No olvides que el requerimiento tiene que llegarte del juzgado donde tienes tu residencia o del partido judicial al que pertenece la población donde vives.
¿Qué puedes hacer cuando has recibido un monitorio?
Una vez que has recibido la notificación de monitorio tienes tres opciones:
1.- PAGAR VOLUNTARIAMENTE
Únicamente debes de hacerlo si estás conforme con la deuda, por eso es necesario revisar perfectamente los documentos.
2.- OPONERSE AL MONITORIO
Si no estás de acuerdo con el motivo y el importe a pagar tienes que oponerte al monitorio , para oponerse debes de realizar un escrito de respuesta al JUZGADO 1ª INSTANCIA 5 que te haya requerido , donde aclares con pruebas la razón por la que te has opuesto.
Una vez que te has opuesto acaba el procedimiento monitorio y empiezan los trámites del procedimiento declarativo, es decir, un procedimiento que podrá ser verbal u ordinario en función del dinero reclamado, si la reclamación es de menos de 2000 € entonces será verbal y si es superior a 2000 € entonces será ordinario.
Para un procedimiento verbal o de cantida reclamada menor de 2000 euros no será necesario que estés representado por un abogado y un procurador, en cambio, para el procedimiento ordinario sí será preceptiva la presencia de un abogado y un procurador en la actuación.
De todas formas, aunque la deuda que te reclamen sea por debajo de 2000 € es muy recomendable que el escrito de contestación te lo redacte un abogado para que tengas la certeza de que tiene marco legal para oponerte y realizar una defensa excelente. No olvides que podemos realizarte un estudio gratuito de los documentos, tú posteriormente decides si quieres utlizar el servicio. Somos una empresa de asistencia judicial especialista en reclamaciones a Bancos.
3.- DEJAR QUE PASE EL PLAZO SIN PAGAR NI OPONERTE
Si no realizas nada entonces acabará el procedimiento monitorio y se instará al acreedor para que inicie un despacho de ejecución para solicitarte el importe de la deuda, pudiendo embargar tus bienes si fuera necesario.
¿Cuantos días hay para oponerse a un monitorio?
Para oponerte al monitorio tienes 20 días hábiles. Para realizar el cálculo no olvides que solamente se cuenta de lunes a viernes y no computan los días festivos dentro de estos días.
Cómo llegar al JUZGADO 1ª INSTANCIA 5 de LAS PALMAS DE GRAN CANARIA
Calle : CL MALAGA 2 Población: LAS PALMAS DE GRAN CANARIA
Código Postal: 35016 Provincia: LAS PALMAS
Teléfono: 928116373 FAX: 928429724
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