Si te han hecho llegar la notificación de un procedimiento monitorio del juzgado JUZGADO 1ª INSTANCIA 5 de LEON o de cualquier otro es debido a que están solicitandote el pago de una deuda. Antes de nada tienes que mantener la calma, repasar bien el requerimiento debido a que la deuda que te reclamen debe de ser vencida,justificada y acreditada.
También debes de saber que la citación debe de llegar del juzgado donde tienes tu residencia o del partido judicial al que corresponda el lugar donde vives.
¿Qué puedes hacer si has recibido un monitorio?
Una vez que has recibido la notificación de monitorio tienes tres opciones:
1.- PAGAR DE FORMA VOLUNTARIA
Solamente debes de hacerlo si estás conforme con el motivo y el importe a pagar, por lo que debes de comprobar perfectamente la documentación anexa.
2.- OPONERSE AL MONITORIO
Si no reconoces el motivo y el importe a pagar debes de oponerte al monitorio , para oponerse hay que realizar una comunicación fundamentada al JUZGADO 1ª INSTANCIA 5 que te haya requerido , donde aclares con argumentos la razón por la que te has opuesto.
Una vez que te has opuesto acaba el procedimiento monitorio y empiezan los trámites del procedimiento declarativo, es decir, un procedimiento que será ordinario o verbal en función de la cuantía reclamada, si la reclamación es de menos de 2000 € entonces será verbal y si es superior a 2000 euros entonces será un procedimiento ordinario.
Para un procedimiento verbal o de cuantía menor de 2000 euros no hace falta que estés representado por un procurador y un abogado, mientras que, para el procedimiento ordinario sí es obligatoria la presencia de un procurador y un abogado en el trámite.
Sea como sea, aunque la deuda que te reclamen sea por debajo de 2000 € es recomendable que la contestación te la redacte un letrado para que tengas la garantía de que existe fundamento jurídico para oponerte y ejercer una defensa buena. No olvides que nosotros te hacemos un estudio gratuito de los documentos, tú luego decidirás si quieres utlizar el servicio. Somos una empresa de asesoriamiento jurídico especialista en reclamaciones a financieras y Bancos.
3.- DEJAR EXPIRAR EL PLAZO SIN ABONAR LA DEUDA NI OPONERTE
Si no realizas nada entonces se dará por finalizado el procedimiento monitorio y se instará al acreedor para que empiece un despacho de ejecución solicitando la cuantía reclamada, pudiendo embargar tus bienes si hubiera que hacerlo.
¿Cuantos días hay para oponerse a un monitorio?
Para oponerte al monitorio dispones de 20 días hábiles. Para este cálculo recuerda que sólo se tiene en cuenta de lunes a viernes y no cuentan los días festivos dentro de este rango.
Cómo llegar al JUZGADO 1ª INSTANCIA 5 de LEON
Calle : AV SAENZ DE MIERA 6 Población: LEON
Código Postal: 24071 Provincia: LEON
Teléfono: 987895115 FAX: 987895211
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