Si has recogido la notificación de un procedimiento monitorio del juzgado JUZGADO 1ª INSTANCIA 5 de LUGO o de cualquier otro es debido a que te están solicitando el pago de una deuda. Antes de nada tienes que mantener la calma, leer bien el requerimiento debido a que la deuda que te reclamen debe de ser vencida,justificada y acreditada.
Ten en cuenta que la notificación debe de llegarte del juzgado donde residas o del partido judicial al que pertenezca el lugar donde vives.
¿Qué debes de hacer cuando has recibido un monitorio?
Una vez que has recibido la notificación de monitorio tienes tres opciones:
1.- REALIZAR EL PAGO VOLUNTARIAMENTE
Únicamente tendrías que hacerlo si estás conforme con el motivo y el importe a pagar, por lo que tienes que examinar muy bien el monitorio.
2.- OPONERSE AL MONITORIO
Si no reconoces la deuda tienes que oponerte al monitorio , para oponerse debes de realizar un escrito de respuesta al JUZGADO 1ª INSTANCIA 5 que te haya requerido , donde justifiques con pruebas el motivo por el que te opones.
Desde que te has opuesto acaba el procedimiento monitorio y empiezan los trámites del procedimiento declarativo, es decir, un procedimiento que será verbal u ordinario dependiendo del dinero reclamado, si la reclamación es de menos de 2000 € entonces será verbal y si es superior a 2000 € será procedimiento ordinario.
Si se trata de un procedimiento verbal o de cuantía por debajo de 2000 € no será necesario que estés representado por procurador y abogado, mientras que, para el procedimiento ordinario sí es obligatoria la asistencia de procurador y abogado en la actuación.
De todas formas, aunque la deuda que te reclamen sea por debajo de 2000 € es recomendable que la contestación te la redacte un letrado para que tengas la certeza de que existe marco jurídico para oponerte y hacer una defensa buena. Ten en cuenta que te podemos hacer un estudio gratuito de la documentación, tú después decides si quieres usar nuestros servicios. Somos una empresa de asesoriamiento jurídico especializada en reclamaciones a financieras y Bancos.
3.- DEJAR QUE PASE EL PLAZO SIN LIQUIDAR LA DEUDA NI OPONERTE
Si no realizas nada entonces se dará por finalizado el procedimiento monitorio y se propondrá al acreedor para que inicie un despacho de ejecución por el que se te solicitará la cantidad reclamada, pudiendo embargar tus bienes si se diera el caso.
¿Cuál es el plazo para oponerse a un monitorio?
Para oponerse al monitorio tienes 20 días hábiles. Para realizar el cálculo no olvides que nada más se cuenta de lunes a viernes y no cuentan los días que sean festivos dentro de estos.
Cómo llegar al JUZGADO 1ª INSTANCIA 5 de LUGO
Calle : CL ARMANDO DURAN S/N Población: LUGO
Código Postal: 27002 Provincia: LUGO
Teléfono: 982889508 FAX: 982889512
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