Si te han hecho llegar la notificación de un procedimiento monitorio del juzgado JUZGADO 1ª INSTANCIA 5 de PALMA DE MALLORCA o de cualquier otro es debido a que te están solicitando el pago de una deuda. Lo primero es mantener la calma, leer bien el requerimiento ya que la deuda que te reclamen debe de ser acreditada,vencida y justificada.
Recuerda que la comunicación debe de llegar del juzgado donde residas o del partido judicial al que pertenece el lugar donde estás empadronado.
¿Qué debes de hacer si te han puesto un monitorio?
Una vez que has recibido la notificación de monitorio tienes tres opciones:
1.- PAGAR VOLUNTARIAMENTE
Solamente deberías de realizarlo si estás de acuerdo con la deuda, por ese motivo tienes que revisar muy bien los documentos anexos.
2.- OPONERSE AL MONITORIO
Si no estás de acuerdo con el importe reclamado tienes que oponerte al monitorio , para oponerse debes de realizar una comunicación fundamentada al JUZGADO 1ª INSTANCIA 5 que te haya requerido , donde expliques con argumentos el motivo por el que te opones.
Desde que te has opuesto acaba el procedimiento monitorio y comienzan las gestiones del procedimiento declarativo, es decir, un procedimiento que será ordinario o verbal dependiendo del dinero reclamado, si la reclamación es de menos de 2000 € entonces será procedimiento verbal y si es mayor que esa cantidad será procedimiento ordinario.
Para un procedimiento verbal o de cuantía por debajo de 2000 euros no hace falta que estés representado por procurador y abogado, en cambio, para el procedimiento ordinario sí es obligatoria la asistencia de procurador y abogado en el procedimiento.
De todos modos, aunque el importe que te reclamen sea menor de 2000 euros es muy recomendable que el escrito lo redacte un abogado para que tengas la seguridad de que existe fundamento jurídico para oponerte y realizar una defensa excelente. Recuerda que nuestra empresa te hace un estudio gratuito y sin compromiso de los documentos, tú posteriormente decides si quieres usar nuestros servicios. Somos una empresa de asistencia judicial especialista en reclamaciones a Bancos y financieras.
3.- DEJAR EXPIRAR EL PLAZO SIN ABONAR LA DEUDA NI OPONERTE
Si no realizas nada entonces finalizará el procedimiento monitorio y se instará al acreedor para que empiece un despacho de ejecución por el que se te solicitará la cantidad reclamada, pudiendo embargar tus bienes si se diera el caso.
¿Qué plazo hay para oponerse a un monitorio?
Para oponerte al procedimiento monitorio dispones de 20 días hábiles. Para este cálculo recuerda que solamente se cuenta de lunes a viernes y no computarán los días que sean festivos dentro de este rango.
Cómo llegar al JUZGADO 1ª INSTANCIA 5 de PALMA DE MALLORCA
Calle : TR D’EN BALLESTER 20 Población: PALMA DE MALLORCA
Código Postal: 7002 Provincia: ISLAS BALEARES
Teléfono: 971219376 FAX: 971219294
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