Si te han hecho llegar la notificación de un procedimiento monitorio del juzgado JUZGADO 1ª INSTANCIA 5 de PAMPLONA o de cualquier otro juzgado es porque te están solicitando el pago de una deuda. Lo primero es mantener la calma, leer bien el documento debido a que la deuda que te reclamen debe de ser acreditada,justificada y vencida.
Es importante que sepas que la comunicación debe de llegar del juzgado donde vivas o del partido judicial al que corresponde el lugar donde resides.
¿Qué debes de hacer cuando has recibido un monitorio?
Una vez que has recibido la notificación de monitorio tienes tres opciones:
1.- REALIZAR EL PAGO DE FORMA VOLUNTARIA
Nada más debes de realizarlo si estás conforme con el importe reclamado, por eso tienes que revisar correctamente la citación.
2.- OPONERTE AL MONITORIO
Si no estás de acuerdo con el importe reclamado debes de oponerte al monitorio , para oponerse debes de hacer un escrito de respuesta al JUZGADO 1ª INSTANCIA 5 que proceda , donde demuestres con argumentos el motivo por el que te opones.
Una vez que te has opuesto acaba el procedimiento monitorio y empiezan los trámites del procedimiento declarativo, es decir, un procedimiento que será verbal u ordinario en función de la cuantía reclamada, si si el importe es menos de 2000 euros será verbal y si es mayor que 2000 € será un procedimiento ordinario.
Para un procedimiento verbal o de cantida reclamada inferior a 2000 € no no es obligatorio que estés representado por un abogado y un procurador, en cambio, para el procedimiento ordinario sí es obligatoria la comparecencia de procurador y abogado en el trámite.
Aún así, aunque el importe que te reclamen sea inferior a 2000 euros te recomendamos que el escrito de contestación te lo redacte un letrado para que tengas la seguridad de que existe marco legal para oponerte y realizar una defensa excelente. Ten en cuenta que nuestra empresa te hace un estudio gratuito y sin compromiso de los documentos, tú más tarde decides si deseas usar nuestros servicios. Somos una empresa de servicios jurídicos experta en reclamaciones a Bancos y financieras.
3.- DEJAR QUE PASE EL PLAZO SIN LIQUIDAR LA DEUDA NI OPONERTE
Si no haces ninguna de las dos primeras opciones entonces se dará por finalizado el procedimiento monitorio y se instará al acreedor para que empiece un despacho de ejecución pidiendo la cantidad reclamada, pudiendo embargar tus bienes si hubiera que hacerlo.
¿Qué plazo hay para oponerse a un monitorio?
Para oponerse al procedimiento monitorio dispones de 20 días hábiles. Para este cálculo no olvides que sólo se cuenta de lunes a viernes y no contarán los días que sean festivos dentro de este rango.
Cómo llegar al JUZGADO 1ª INSTANCIA 5 de PAMPLONA
Calle : PZ JUEZ ELIO 1 Población: PAMPLONA
Código Postal: 31071 Provincia: NAVARRA
Teléfono: 948424252 FAX: 948424282
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