¿Quieres contestar un procedimiento monitorio del JUZGADO 1ª INSTANCIA 5 de SANTANDER ?

Si te han hecho llegar la notificación de un procedimiento monitorio del juzgado JUZGADO 1ª INSTANCIA 5 de SANTANDER o de cualquier otro es porque te están solicitando el pago de una deuda. Antes de nada tienes que mantener la calma, revisar bien el documento  debido a que la deuda reclamada debe de ser acreditada y justificada.

Recuerda que la citación debe de  llegar del juzgado donde residas o del partido judicial al que pertenezca el lugar donde vives.

¿Qué opciones tienes cuando has recibido un monitorio?

Una vez que has recibido la notificación de monitorio tienes tres opciones:

1.- LIQUIDAR LA DEUDA DE FORMA VOLUNTARIA

Nada más debes de realizarlo si estás de acuerdo con el motivo y el importe a pagar, por eso tienes que revisar muy bien la documentación.

2.- OPONERTE AL MONITORIO

Si no reconoces la deuda tienes que oponerte al monitorio , para oponerse hay que realizar un escrito de respuesta al JUZGADO 1ª INSTANCIA 5 que te haya requerido  , donde justifiques con argumentos el motivo por el que te opones.

Una vez que te has opuesto se da por finalizado el procedimiento monitorio y se inician las gestiones del procedimiento declarativo, es decir, un procedimiento que podrá ser verbal u ordinario en función del dinero reclamado, si la reclamación es de menos de 2000 € será verbal y si es superior a 2000 € entonces será procedimiento ordinario.

Para un procedimiento verbal o de cuantía por debajo de 2000 € no será necesario que estés representado por abogado y procurador, en cambio, para el procedimiento ordinario sí es obligatorio la comparecencia de procurador y abogado en la actuación.

De cualquier manera, aunque el importe que te reclamen sea inferior a 2000 € es muy recomendable que el escrito de contestación te lo realice un letrado para que tengas la garantía de que existe marco jurídico para oponerte y realizar una defensa buena. Ten en cuenta que nuestra empresa te hace un estudio gratuito y sin compromiso de la documentación, tú más tarde decidirás si quieres usar nuestros servicios. Somos una empresa de asesoriamiento jurídico especializada en reclamaciones a Bancos.

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3.- DEJAR PASAR EL PLAZO SIN LIQUIDAR LA DEUDA NI OPONERTE

Si no haces ninguna de las dos primeras opciones entonces finalizará el procedimiento monitorio y se instará al acreedor para que empiece un despacho de ejecución solicitando la cuantía reclamada, pudiendo embargar tus bienes si hubiera que hacerlo.

¿Cuantos días hay para oponerse a un monitorio?

Para oponerse al procedimiento monitorio tienes 20 días hábiles. Para este cálculo no olvides que solamente se cuenta de lunes a viernes y no computarán los días festivos dentro de estos días.

 

ESTUDIAMOS GRATUITAMENTE TU CASO
Si te ha llegado un procedimiento monitorio y estás dentro del plazo legal para poder contestarlo podemos hacerte un estudio de forma totalmente gratuita. En muchos casos, especialmente en los procedimientos que {inician|empiezan las empresas de préstamos rápidos en las que suelen poner práctica intereses abusivos, podemos contestar el monitorio efectuando una buena defensa jurídica, debiendo devolver (en la mayoría de las ocasiones) sólo el capital dispuesto.

 

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Cómo llegar al JUZGADO 1ª INSTANCIA 5 de SANTANDER

Calle : AV  PEDRO SAN MARTIN S/N Población: SANTANDER

 Código Postal:  39071 Provincia: CANTABRIA

Teléfono: 942357026 FAX: 942357027

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