Si te han hecho llegar la notificación de un procedimiento monitorio del juzgado JUZGADO 1ª INSTANCIA 5 de SANTANDER o de cualquier otro es porque te están solicitando el pago de una deuda. Antes de nada tienes que mantener la calma, revisar bien el documento debido a que la deuda reclamada debe de ser acreditada y justificada.
Recuerda que la citación debe de llegar del juzgado donde residas o del partido judicial al que pertenezca el lugar donde vives.
¿Qué opciones tienes cuando has recibido un monitorio?
Una vez que has recibido la notificación de monitorio tienes tres opciones:
1.- LIQUIDAR LA DEUDA DE FORMA VOLUNTARIA
Nada más debes de realizarlo si estás de acuerdo con el motivo y el importe a pagar, por eso tienes que revisar muy bien la documentación.
2.- OPONERTE AL MONITORIO
Si no reconoces la deuda tienes que oponerte al monitorio , para oponerse hay que realizar un escrito de respuesta al JUZGADO 1ª INSTANCIA 5 que te haya requerido , donde justifiques con argumentos el motivo por el que te opones.
Una vez que te has opuesto se da por finalizado el procedimiento monitorio y se inician las gestiones del procedimiento declarativo, es decir, un procedimiento que podrá ser verbal u ordinario en función del dinero reclamado, si la reclamación es de menos de 2000 € será verbal y si es superior a 2000 € entonces será procedimiento ordinario.
Para un procedimiento verbal o de cuantía por debajo de 2000 € no será necesario que estés representado por abogado y procurador, en cambio, para el procedimiento ordinario sí es obligatorio la comparecencia de procurador y abogado en la actuación.
De cualquier manera, aunque el importe que te reclamen sea inferior a 2000 € es muy recomendable que el escrito de contestación te lo realice un letrado para que tengas la garantía de que existe marco jurídico para oponerte y realizar una defensa buena. Ten en cuenta que nuestra empresa te hace un estudio gratuito y sin compromiso de la documentación, tú más tarde decidirás si quieres usar nuestros servicios. Somos una empresa de asesoriamiento jurídico especializada en reclamaciones a Bancos.
3.- DEJAR PASAR EL PLAZO SIN LIQUIDAR LA DEUDA NI OPONERTE
Si no haces ninguna de las dos primeras opciones entonces finalizará el procedimiento monitorio y se instará al acreedor para que empiece un despacho de ejecución solicitando la cuantía reclamada, pudiendo embargar tus bienes si hubiera que hacerlo.
¿Cuantos días hay para oponerse a un monitorio?
Para oponerse al procedimiento monitorio tienes 20 días hábiles. Para este cálculo no olvides que solamente se cuenta de lunes a viernes y no computarán los días festivos dentro de estos días.
Cómo llegar al JUZGADO 1ª INSTANCIA 5 de SANTANDER
Calle : AV PEDRO SAN MARTIN S/N Población: SANTANDER
Código Postal: 39071 Provincia: CANTABRIA
Teléfono: 942357026 FAX: 942357027
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