¿Te han iniciado un procedimiento monitorio del JUZGADO 1ª INSTANCIA 5 de TARRAGONA ?

Si te ha llegado la notificación de un procedimiento monitorio del juzgado JUZGADO 1ª INSTANCIA 5 de TARRAGONA o de cualquier otro es debido a que te están reclamando una deuda. Antes de nada tienes que mantener la calma, revisar bien el documento  debido a que la deuda que te reclamen debe de ser vencida,justificada y acreditada.

Recuerda que la citación debe de  llegar del juzgado donde tengas tu residencia o del partido judicial al que pertenezca la población donde vives.

¿Qué opciones tienes si has recibido un monitorio?

Una vez que has recibido la notificación de monitorio tienes tres opciones:

1.- ABONAR LA DEUDA VOLUNTARIAMENTE

Únicamente debes de hacerlo si estás conforme con el importe reclamado, por eso tienes que revisar correctamente el monitorio.

2.- OPONERSE AL MONITORIO

Si no reconoces la deuda tienes que oponerte al monitorio , para oponerse debes de hacer una comunicación fundamentada al JUZGADO 1ª INSTANCIA 5 que te haya requerido  , donde aclares con pruebas la razón por la que te quieres oponer.

Desde que te has opuesto finaliza el procedimiento monitorio y se inician las gestiones del procedimiento declarativo, es decir, un procedimiento que podrá ser ordinario o verbal dependiendo de la cantidad reclamada, si la reclamación es de menos de 2000 € será verbal y si es mayor que esa cantidad entonces será ordinario.

Para un procedimiento verbal o de cuantía inferior a 2000 euros no será necesario que estés representado por abogado y procurador, mientras que, para el procedimiento ordinario sí será preceptiva la comparecencia de un procurador y un abogado en el trámite.

De todas formas, aunque la deuda que te reclamen sea inferior a 2000 € es muy recomendable que la contestación te la redacte un abogado para que tengas la garantía de que tiene fundamento jurídico para oponerte y realizar una defensa buena. Recuerda que podemos realizarte un estudio gratuito de los documentos, tú posteriormente decidirás si quieres usar nuestros servicios. Somos una empresa de asesoriamiento jurídico especializada en reclamaciones a Bancos.

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3.- DEJAR QUE PASE EL PLAZO SIN LIQUIDAR LA DEUDA NI OPONERTE

Si no haces ninguna de las dos primeras opciones entonces finalizará el procedimiento monitorio y se propondrá al acreedor para que inicie un despacho de ejecución para solicitarte el importe de la deuda, pudiendo embargar tus bienes si hace falta.

¿Qué plazo hay para oponerse a un monitorio?

Para oponerse al procedimiento monitorio tienes 20 días hábiles. Para este cálculo recuerda que solamente se cuenta de lunes a viernes y no se tienen en cuenta los días festivos dentro de estos días.

 

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Si quieres contestar un procedimiento monitorio y estás dentro de los 20 días hábiles para poder contestarlo podemos realizarte un estudio gratuito. En muchas ocasiones, principalmente en los procedimientos que {inician|empiezan las empresas de préstamos rápidos en las que suelen poner práctica intereses usuarios, podemos contestar el monitorio haciendo una buena defensa jurídica, debiendo devolver (en la mayoría de las ocasiones) sólo el capital prestado.

 

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Cómo llegar al JUZGADO 1ª INSTANCIA 5 de TARRAGONA

Calle : AV  DE ROMA 23 Población: TARRAGONA

 Código Postal:  43005 Provincia: TARRAGONA

Teléfono: 977920005 FAX: 977920035

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