Si has recogido la notificación de un procedimiento monitorio del juzgado JUZGADO 1ª INSTANCIA 5 de TORREJON DE ARDOZ o de cualquier otro es porque te están solicitando el pago de una deuda. Antes de nada tienes que mantener la calma, comprabar bien el documento ya que la deuda reclamada debe de ser justificada, acreditada y vencida.
Ten en cuenta que el requerimiento debe de llegar del juzgado donde vivas o del partido judicial al que pertenezca el lugar donde vives.
¿Qué puedes hacer si recibes un monitorio?
Una vez que has recibido la notificación de monitorio tienes tres opciones:
1.- LIQUIDAR LA DEUDA VOLUNTARIAMENTE
Nada más deberías de hacerlo si estás de acuerdo con la deuda, por lo que es necesario comprobar muy bien la documentación anexa.
2.- OPONERTE AL MONITORIO
Si no reconoces la deuda debes de oponerte al monitorio , para oponerse hay que hacer un escrito de respuesta al JUZGADO 1ª INSTANCIA 5 que te haya requerido , donde expliques con pruebas la razón por la que te opones.
En el momento que te has opuesto se da por finalizado el procedimiento monitorio y se inician las gestiones del procedimiento declarativo, es decir, un procedimiento que podrá ser verbal u ordinario dependiendo de la cuantía reclamada, si se reclaman menos de 2000 € será verbal y si es superior a 2000 euros entonces será ordinario.
Si se trata de un procedimiento verbal o de cuantía inferior a 2000 € no hará falta que estés representado por un abogado y un procurador, en cambio, para el procedimiento ordinario sí es obligatorio la presencia de un procurador y un abogado en la actuación.
Aún así, aunque la deuda que te reclamen sea menor de 2000 € es muy recomendable que el escrito lo realice un letrado para que tengas la seguridad de que existe marco normativo para oponerte y ejercer una contestación buena. Ten en cuenta que podemos realizarte un estudio gratuito y sin compromiso de la documentación, tú más tarde decidirás si deseas utlizar nuestros servicios. Somos una empresa de asesoriamiento jurídico especialista en reclamaciones a Bancos y financieras.
3.- DEJAR QUE PASE EL PLAZO SIN ABONAR LA DEUDA NI OPONERTE
Si no realizas ninguna de las dos primeras opciones entonces acabará el procedimiento monitorio y se instará al acreedor para que empiece un despacho de ejecución solicitando la cantidad reclamada, pudiendo embargar tus bienes si hubiera que hacerlo.
¿Qué plazo hay para oponerse a un monitorio?
Para oponerse al monitorio dispones de 20 días hábiles. Para calcularlo recuerda que sólo se tiene en cuenta de lunes a viernes y no computarán los días que sean festivos dentro de estos.
Cómo llegar al JUZGADO 1ª INSTANCIA 5 de TORREJON DE ARDOZ
Calle : CL GRANADOS 18 Población: TORREJON DE ARDOZ
Código Postal: 28850 Provincia: MADRID
Teléfono: 912760684 FAX:
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