Si has recogido la notificación de un procedimiento monitorio del juzgado JUZGADO 1ª INSTANCIA 5 de VALENCIA o de cualquier otro es debido a que te están solicitando el pago de una deuda. Es importante mantener la calma, lee bien el monitorio debido a que la deuda que te reclamen debe de ser acreditada,vencida y justificada.
Es importante que sepas que el requerimiento tiene que llegarte del juzgado donde vives o del partido judicial al que corresponda la población donde estás empadronado.
¿Qué opciones tienes cuando has recibido un monitorio?
Una vez que has recibido la notificación de monitorio tienes tres opciones:
1.- PAGAR DE FORMA VOLUNTARIA
Nada más tienes que hacerlo si estás de acuerdo con el motivo y el importe a pagar, por esta razón debes de revisar perfectamente la citación.
2.- OPONERSE AL MONITORIO
Si no reconoces el motivo y el importe a pagar debes de oponerte al monitorio , para oponerse debes de realizar un escrito de respuesta al JUZGADO 1ª INSTANCIA 5 que te haya requerido , donde justifiques con pruebas la razón por la que te has opuesto.
Una vez que te has opuesto se da por finalizado el procedimiento monitorio y comienzan los trámites del procedimiento declarativo, es decir, un procedimiento que podrá ser verbal u ordinario dependiendo de la cantidad reclamada, si si el importe es menos de 2000 € entonces será verbal y si es superior a esa cantidad entonces será ordinario.
En el caso de un procedimiento verbal o de cantida reclamada inferior a 2000 euros no es necesario que estés representado por procurador y abogado, mientras que, para el procedimiento ordinario sí será necesaria la asistencia de abogado y procurador en el trámite.
Sin embargo, aunque la deuda que te reclamen sea menor de 2000 euros es muy recomendable que el escrito de contestación te lo redacte un abogado para que tengas la certeza de que tiene marco legal para oponerte y efectuar una defensa buena. No olvides que nuestra empresa te hace un estudio gratuito de los documentos, tú después decides si quieres usar el servicio. Somos una empresa de servicios jurídicos especialista en reclamaciones a Bancos.
3.- DEJAR EXPIRAR EL PLAZO SIN PAGAR NI OPONERTE
Si no haces nada entonces se dará por finalizado el procedimiento monitorio y se instará al acreedor para que inicie un despacho de ejecución para solicitarte la cantidad reclamada, pudiendo embargar tus bienes si hubiera que hacerlo.
¿Cuantos días hay para oponerse a un monitorio?
Para oponerte al procedimiento monitorio dispones de 20 días hábiles. Para realizar el cálculo recuerda que solamente se tiene en cuenta de lunes a viernes y no computarán los días festivos dentro de este rango.
Cómo llegar al JUZGADO 1ª INSTANCIA 5 de VALENCIA
Calle : AV PROF.LOPEZ PIÑERO 14 Población: VALENCIA
Código Postal: 46071 Provincia: VALENCIA
Teléfono: 961929014 FAX: 961929314
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