¿Te han iniciado un procedimiento monitorio del JUZGADO 1ª INSTANCIA 52 de BARCELONA ?

Si te han hecho llegar la notificación de un procedimiento monitorio del juzgado JUZGADO 1ª INSTANCIA 52 de BARCELONA o de cualquier otro es porque te están reclamando una deuda. Antes de nada tienes que mantener la calma, comprabar bien la citación  ya que la deuda que te pidan debe de ser acreditada,justificada y vencida.

Ten en cuenta que la citación debe de  llegarte del juzgado donde tienes tu residencia o del partido judicial al que corresponda la población donde resides.

¿Qué opciones tienes si recibes un monitorio?

Una vez que has recibido la notificación de monitorio tienes tres opciones:

1.- REALIZAR EL PAGO DE FORMA VOLUNTARIA

Nada más tendrías que realizarlo si estás conforme con el motivo y el importe a pagar, por lo que es necesario comprobar muy bien el monitorio.

2.- OPONERTE AL MONITORIO

Si no estás de acuerdo con la deuda debes de oponerte al monitorio , para oponerse hay que hacer un escrito de respuesta al JUZGADO 1ª INSTANCIA 52 que proceda  , donde demuestres con pruebas el motivo por el que te opones.

Cuando te has opuesto se da por finalizado el procedimiento monitorio y se inician las gestiones del procedimiento declarativo, es decir, un procedimiento que será ordinario o verbal dependiendo del importe reclamado, si la reclamación es de menos de 2000 euros será verbal y si es superior a esa cantidad será entonces procedimiento ordinario.

Si se trata de un procedimiento verbal o de importe menor de 2000 € no hará falta que estés representado por un procurador y un abogado, mientras que, para el procedimiento ordinario sí es obligatorio la comparecencia de un abogado y un procurador en la actuación.

De todas formas, aunque la deuda que te reclamen sea menor de 2000 € es recomendable que la contestación te la redacte un abogado para que tengas la garantía de que tiene marco jurídico para oponerte y realizar una contestación excelente. Ten en cuenta que te podemos hacer un estudio gratuito de la documentación, tú luego decidirás si deseas contratar nuestros servicios. Somos una empresa de asistencia judicial especializada en reclamaciones a Bancos.

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3.- DEJAR EXPIRAR EL PLAZO SIN LIQUIDAR LA DEUDA NI OPONERTE

Si no realizas nada entonces se dará por finalizado el procedimiento monitorio y se propondrá al acreedor para que empiece un despacho de ejecución por el que se te solicitará la cuantía reclamada, pudiendo embargar tus bienes si hubiera que hacerlo.

¿Cuál es el plazo para oponerse a un monitorio?

Para oponerte al procedimiento monitorio tienes 20 días hábiles. Para realizar el cálculo recuerda que solamente se cuenta de lunes a viernes y no computan los días que sean festivos dentro de estos.

 

ESTUDIAMOS DE FORMA GRATUITA TU CASO
Si has recibido un procedimiento monitorio y estás dentro del plazo legal para poder contestarlo podemos realizarte un estudio de forma totalmente gratuita. En bastantes ocasiones, especialmente en los procedimientos que {inician|empiezan las empresas de préstamos rápidos en las que suelen aplicar intereses abusivos, se puede contestar el monitorio efectuando una buena defensa legal, debiendo devolver (la mayoría de veces) sólo el capital prestado.

 

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Cómo llegar al JUZGADO 1ª INSTANCIA 52 de BARCELONA

Calle : GV  DE LES CORTS CATALANES 111 Población: BARCELONA

 Código Postal:  8014 Provincia: BARCELONA

Teléfono: 935549452 FAX: 935549552

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