Si has recogido la notificación de un procedimiento monitorio del juzgado JUZGADO 1ª INSTANCIA 54 de BARCELONA o de cualquier otro juzgado es debido a que te están solicitando el pago de una deuda. Es importante mantener la calma, leer bien la citación debido a que la deuda que te reclamen debe de ser vencida,justificada y acreditada.
No olvides que el requerimiento debe de llegar del juzgado donde residas o del partido judicial al que pertenece el lugar donde resides.
¿Qué puedes hacer si recibes un monitorio?
Una vez que has recibido la notificación de monitorio tienes tres opciones:
1.- REALIZAR EL PAGO DE FORMA VOLUNTARIA
Solamente deberías de realizarlo si estás de acuerdo con el importe reclamado, por esta razón tienes que comprobar correctamente los documentos anexos.
2.- OPONERSE AL MONITORIO
Si no estás de acuerdo con el importe reclamado debes de oponerte al monitorio , para oponerse tienes que hacer un escrito de respuesta al JUZGADO 1ª INSTANCIA 54 que te haya requerido , donde demuestres con argumentos la razón por la que te quieres oponer.
Una vez que te has opuesto acaba el procedimiento monitorio y empiezan los trámites del procedimiento declarativo, es decir, un procedimiento que será ordinario o verbal dependiendo del dinero reclamado, si si el importe es menos de 2000 euros entonces será verbal y si es superior a 2000 € será procedimiento ordinario.
Si se trata de un procedimiento verbal o de importe inferior a 2000 euros no será necesario que estés representado por procurador y abogado, mientras que, para el procedimiento ordinario sí será preceptiva la asistencia de un procurador y un abogado en el trámite.
Sea como sea, aunque la cuantía que te reclamen sea inferior a 2000 € es recomendable que el escrito de contestación te lo redacte un abogado para que tengas la certeza de que tiene fundamento jurídico para oponerte y efectuar una contestación apropiada. No olvides que nosotros te hacemos un estudio gratuito de la documentación, tú posteriormente decides si quieres utlizar nuestros servicios. Somos una empresa de asistencia judicial experta en reclamaciones a Bancos y financieras.
3.- DEJAR QUE PASE EL PLAZO SIN LIQUIDAR LA DEUDA NI OPONERTE
Si no haces nada entonces se dará por finalizado el procedimiento monitorio y se propondrá al acreedor para que inicie un despacho de ejecución por el que se te solicitará el importe de la deuda, pudiendo embargar tus bienes si hace falta.
¿Cuantos días hay para oponerse a un monitorio?
Para oponerte al monitorio dispones de 20 días hábiles. Para calcularlo no olvides que sólo se cuenta de lunes a viernes y no contarán los días festivos dentro de estos.
Cómo llegar al JUZGADO 1ª INSTANCIA 54 de BARCELONA
Calle : GV DE LES CORTS CATALANES 111 Población: BARCELONA
Código Postal: 8014 Provincia: BARCELONA
Teléfono: 935549454 FAX: 935549554
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