Si has recibido la notificación de un procedimiento monitorio del juzgado JUZGADO 1ª INSTANCIA 56 de BARCELONA o de cualquier otro juzgado es debido a que están solicitandote el pago de una deuda. Lo primero que debes de hacer es mantener la calma, repasar bien el documento debido a que la deuda que te soliciten debe de ser acreditada,justificada y vencida.
Recuerda que la comunicación debe de llegarte del juzgado donde tengas tu residencia o del partido judicial al que pertenezca el lugar donde resides.
¿Qué tienes que hacer si te han puesto un monitorio?
Una vez que has recibido la notificación de monitorio tienes tres opciones:
1.- PAGAR DE FORMA VOLUNTARIA
Sólo tienes que hacerlo si estás conforme con el motivo y el importe a pagar, por ese motivo tienes que revisar correctamente los documentos.
2.- OPONERSE AL MONITORIO
Si no reconoces el importe reclamado tienes que oponerte al monitorio , para oponerse tienes que hacer una comunicación fundamentada al JUZGADO 1ª INSTANCIA 56 que te haya requerido , donde justifiques con pruebas la razón por la que te has opuesto.
Una vez que te has opuesto finaliza el procedimiento monitorio y se inician los trámites del procedimiento declarativo, es decir, un procedimiento que será ordinario o verbal dependiendo de la cantidad reclamada, si se reclaman menos de 2000 euros entonces será procedimiento verbal y si es superior a 2000 euros será procedimiento ordinario.
Si se trata de un procedimiento verbal o de cuantía menor de 2000 € no será necesario que estés representado por procurador y abogado, mientras que, para el procedimiento ordinario sí será preceptiva la presencia de abogado y procurador en la actuación.
Aún así, aunque la cuantía que te reclamen sea inferior a 2000 euros es muy recomendable que el escrito de contestación te lo redacte un letrado para que tengas la garantía de que existe fundamento jurídico para oponerte y hacer una defensa excelente. Ten en cuenta que te podemos hacer un estudio gratuito de los documentos, tú después decidirás si quieres utlizar el servicio. Somos una empresa de asistencia judicial especializada en reclamaciones a Bancos y financieras.
3.- DEJAR PASAR EL PLAZO SIN ABONAR LA DEUDA NI OPONERTE
Si no haces ninguna de las dos primeras opciones entonces se dará por finalizado el procedimiento monitorio y se propondrá al acreedor para que empiece un despacho de ejecución solicitando el importe de la deuda, pudiendo embargar tus bienes si hubiera que hacerlo.
¿Qué plazo hay para oponerse a un monitorio?
Para oponerse al monitorio tienes 20 días hábiles. Para realizar el cálculo no olvides que sólo se cuenta de lunes a viernes y no computarán los días festivos dentro de este rango.
Cómo llegar al JUZGADO 1ª INSTANCIA 56 de BARCELONA
Calle : GV DE LES CORTS CATALANES 111 Población: BARCELONA
Código Postal: 8014 Provincia: BARCELONA
Teléfono: 935549456 FAX: 935549556
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