¿Has recibido un procedimiento monitorio del JUZGADO 1ª INSTANCIA 57 de BARCELONA ?

Si te han hecho llegar la notificación de un procedimiento monitorio del juzgado JUZGADO 1ª INSTANCIA 57 de BARCELONA o de cualquier otro es porque están solicitandote el pago de una deuda. Lo primero es mantener la calma, comprabar bien el requerimiento  ya que la deuda que te pidan debe de ser acreditada y justificada.

Ten en cuenta que la citación debe de  llegarte del juzgado donde tengas tu residencia o del partido judicial al que pertenezca el lugar donde vives.

¿Qué debes de hacer si has recibido un monitorio?

Una vez que has recibido la notificación de monitorio tienes tres opciones:

1.- LIQUIDAR LA DEUDA DE FORMA VOLUNTARIA

Únicamente tendrías que hacerlo si estás de acuerdo con el motivo y el importe a pagar, por eso tienes que revisar perfectamente la citación.

2.- OPONERTE AL MONITORIO

Si no reconoces el importe reclamado tienes que oponerte al monitorio , para oponerse tienes que hacer una comunicación fundamentada al JUZGADO 1ª INSTANCIA 57 que te haya requerido  , donde expliques con pruebas el motivo por el que te opones.

Desde que te has opuesto finaliza el procedimiento monitorio y empiezan las gestiones del procedimiento declarativo, es decir, un procedimiento que podrá ser ordinario o verbal dependiendo del importe reclamado, si si el importe es menos de 2000 € entonces será verbal y si es mayor que esa cantidad entonces será ordinario.

En el caso de un procedimiento verbal o de cuantía por debajo de 2000 € no hará falta que estés representado por un abogado y un procurador, mientras que, para el procedimiento ordinario sí es obligatoria la presencia de un procurador y un abogado en la actuación.

De todos modos, aunque la deuda que te reclamen sea inferior a 2000 euros es recomendable que el escrito lo redacte un letrado para que tengas la certeza de que tiene marco legal para oponerte y hacer una defensa buena. Ten en cuenta que nosotros te hacemos un estudio gratuito de la documentación, tú posteriormente decidirás si quieres contratar el servicio. Somos una empresa de asesoriamiento jurídico especialista en reclamaciones a Bancos.

CONTACTAR

SOLICITAR ESTUDIO GRATUITO

3.- DEJAR QUE PASE EL PLAZO SIN LIQUIDAR LA DEUDA NI OPONERTE

Si no haces nada entonces finalizará el procedimiento monitorio y se instará al acreedor para que empiece un despacho de ejecución por el que se te solicitará la cuantía reclamada, pudiendo embargar tus bienes si hubiera que hacerlo.

¿Cuál es el plazo para oponerse a un monitorio?

Para oponerse al monitorio dispones de 20 días hábiles. Para este cálculo no olvides que solamente se cuenta de lunes a viernes y no se tienen en cuenta los días que sean festivos dentro de estos días.

 

ESTUDIAMOS DE FORMA GRATUITA TU CASO
Si quieres contestar un procedimiento monitorio y estás dentro de los 20 días hábiles para poder contestarlo podemos realizarte un estudio gratuitamente. En muchos casos, sobre todo en los procedimientos que {inician|empiezan las empresas de préstamos rápidos en las que suelen poner práctica intereses usuarios, se puede contestar el monitorio efectuando una buena defensa legal, debiendo devolver (la mayoría de veces) sólo el capital prestado.

 

SOLICITAR ESTUDIO GRATUITO

CONTACTAR

 

Cómo llegar al JUZGADO 1ª INSTANCIA 57 de BARCELONA

Calle : GV  DE LES CORTS CATALANES 111 Población: BARCELONA

 Código Postal:  8014 Provincia: BARCELONA

Teléfono: 935549457 FAX: 935549557

OTROS JUZGADOS EN BARCELONA

 

OTROS JUZGADOS EN LA PROVINCIA DE BARCELONA

Esta web utiliza cookies propias y de terceros para su correcto funcionamiento y para fines analíticos. Al hacer clic en el botón Aceptar, acepta el uso de estas tecnologías y el procesamiento de tus datos para estos propósitos. Más información
Privacidad