Si te han hecho llegar la notificación de un procedimiento monitorio del juzgado JUZGADO 1ª INSTANCIA 6 de CARTAGENA o de cualquier otro es porque te están solicitando el pago de una deuda. Es muy importante mantener la calma, lee bien el documento ya que la deuda que te reclamen debe de ser vencida,justificada y acreditada.
Ten en cuenta que la comunicación tiene que llegar del juzgado donde vivas o del partido judicial al que corresponda la población donde resides.
¿Qué tienes que hacer si te han puesto un monitorio?
Una vez que has recibido la notificación de monitorio tienes tres opciones:
1.- LIQUIDAR LA DEUDA DE FORMA VOLUNTARIA
Únicamente tendrías que realizarlo si estás conforme con el motivo y el importe a pagar, por ese motivo debes de revisar perfectamente la citación.
2.- OPONERSE AL MONITORIO
Si no estás de acuerdo con el motivo y el importe a pagar tienes que oponerte al monitorio , para oponerse hay que hacer un escrito de respuesta al JUZGADO 1ª INSTANCIA 6 que proceda , donde aclares con argumentos la razón por la que te quieres oponer.
Cuando te has opuesto acaba el procedimiento monitorio y comienzan los trámites del procedimiento declarativo, es decir, un procedimiento que será verbal u ordinario en función de la cuantía reclamada, si si el importe es menos de 2000 euros entonces será verbal y si es mayor que 2000 € será ordinario.
En el caso de un procedimiento verbal o de importe menor de 2000 € no hará falta que estés representado por un procurador y un abogado, mientras que, para el procedimiento ordinario sí es obligatorio la asistencia de un abogado y un procurador en la actuación.
Sin embargo, aunque la cuantía que te reclamen sea menor de 2000 euros te recomendamos que el escrito de contestación te lo redacte un letrado para que tengas la garantía de que existe marco jurídico para oponerte y hacer una defensa excelente. Recuerda que nosotros te hacemos un estudio gratuito de los documentos, tú después decides si quieres usar el servicio. Somos una empresa de asesoriamiento jurídico especialista en reclamaciones a Bancos.
3.- DEJAR QUE PASE EL PLAZO SIN LIQUIDAR LA DEUDA NI OPONERTE
Si no realizas ninguna de las dos primeras opciones entonces se dará por finalizado el procedimiento monitorio y se propondrá al acreedor para que empiece un despacho de ejecución por el que se te solicitará la cuantía reclamada, pudiendo embargar tus bienes si hace falta.
¿Cuál es el plazo para oponerse a un monitorio?
Para oponerse al monitorio dispones de 20 días hábiles. Para este cálculo recuerda que solamente se tiene en cuenta de lunes a viernes y no computan los días que sean festivos dentro de estos.
Cómo llegar al JUZGADO 1ª INSTANCIA 6 de CARTAGENA
Calle : CL ANGEL BRUNA 21 Población: CARTAGENA
Código Postal: 30203 Provincia: MURCIA
Teléfono: 968326136 FAX: 968326199
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