Si te ha llegado la notificación de un procedimiento monitorio del juzgado JUZGADO 1ª INSTANCIA 6 de CORDOBA o de cualquier otro juzgado es porque están solicitandote el pago de una deuda. Es muy importante mantener la calma, repasar bien el monitorio ya que la deuda que te pidan debe de ser acreditada,vencida y justificada.
Ten en cuenta que la notificación debe de llegarte del juzgado donde vivas o del partido judicial al que pertenece la población donde resides.
¿Qué puedes hacer cuando recibes un monitorio?
Una vez que has recibido la notificación de monitorio tienes tres opciones:
1.- LIQUIDAR LA DEUDA VOLUNTARIAMENTE
Sólo tienes que hacerlo si estás de acuerdo con la deuda, por eso es necesario revisar correctamente la documentación.
2.- OPONERSE AL MONITORIO
Si no reconoces el importe reclamado tienes que oponerte al monitorio , para oponerse hay que realizar un escrito de respuesta al JUZGADO 1ª INSTANCIA 6 que proceda , donde demuestres con argumentos el motivo por el que te opones.
Desde que te has opuesto finaliza el procedimiento monitorio y comienzan las gestiones del procedimiento declarativo, es decir, un procedimiento que podrá ser verbal u ordinario dependiendo del importe reclamado, si se reclaman menos de 2000 euros será procedimiento verbal y si es superior a 2000 euros será entonces procedimiento ordinario.
Para un procedimiento verbal o de cantida reclamada menor de 2000 euros no hará falta que estés representado por procurador y abogado, mientras que, para el procedimiento ordinario sí es obligatoria la comparecencia de abogado y procurador en el trámite.
Sin embargo, aunque el importe que te reclamen sea inferior a 2000 € es recomendable que la contestación te la realice un abogado para que tengas la seguridad de que existe marco normativo para oponerte y realizar una contestación excelente. No olvides que nuestra empresa te hace un estudio gratuito de los documentos, tú posteriormente decidirás si deseas contratar el servicio. Somos una empresa de asistencia judicial especialista en reclamaciones a financieras y Bancos.
3.- DEJAR PASAR EL PLAZO SIN PAGAR NI OPONERTE
Si no haces ninguna de las dos primeras opciones entonces se dará por finalizado el procedimiento monitorio y se propondrá al acreedor para que inicie un despacho de ejecución solicitando la cantidad reclamada, pudiendo embargar tus bienes si se diera el caso.
¿Cuál es el plazo para oponerse a un monitorio?
Para oponerte al monitorio dispones de 20 días hábiles. Para realizar el cálculo no olvides que nada más se cuenta de lunes a viernes y no computan los días festivos dentro de este rango.
Cómo llegar al JUZGADO 1ª INSTANCIA 6 de CORDOBA
Calle : CL ISLA MALLORCA s/n Población: CORDOBA
Código Postal: 14071 Provincia: CORDOBA
Teléfono: 957745090 FAX: 957002492
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