Si has recogido la notificación de un procedimiento monitorio del juzgado JUZGADO 1ª INSTANCIA 6 de GIJÓN o de cualquier otro juzgado es porque te están reclamando una deuda. Lo primero es mantener la calma, comprabar bien el documento ya que la deuda que te soliciten debe de ser acreditada y justificada.
No olvides que el requerimiento tiene que llegar del juzgado donde vivas o del partido judicial al que corresponde el lugar donde resides.
¿Qué puedes hacer cuando te han puesto un monitorio?
Una vez que has recibido la notificación de monitorio tienes tres opciones:
1.- ABONAR LA DEUDA DE FORMA VOLUNTARIA
Nada más deberías de hacerlo si estás conforme con la deuda, por eso tienes que revisar muy bien los documentos.
2.- OPONERSE AL MONITORIO
Si no reconoces el motivo y el importe a pagar tienes que oponerte al monitorio , para oponerse debes de hacer una comunicación fundamentada al JUZGADO 1ª INSTANCIA 6 que proceda , donde justifiques con pruebas la razón por la que te quieres oponer.
Una vez que te has opuesto acaba el procedimiento monitorio y empiezan las gestiones del procedimiento declarativo, es decir, un procedimiento que podrá ser verbal u ordinario en función de la cantidad reclamada, si la reclamación es de menos de 2000 euros será verbal y si es superior a esa cantidad entonces será un procedimiento ordinario.
En el caso de un procedimiento verbal o de cuantía por debajo de 2000 euros no hace falta que estés representado por un procurador y un abogado, mientras que, para el procedimiento ordinario sí será necesaria la asistencia de un abogado y un procurador en el procedimiento.
En cualquier caso, aunque el importe que te reclamen sea inferior a 2000 € es muy recomendable que la contestación te la realice un letrado para que tengas la seguridad de que tiene marco normativo para oponerte y efectuar una defensa apropiada. Ten en cuenta que te podemos hacer un estudio gratuito y sin compromiso de la documentación, tú luego decidirás si quieres utlizar nuestros servicios. Somos una empresa de asesoriamiento jurídico experta en reclamaciones a financieras y Bancos.
3.- DEJAR EXPIRAR EL PLAZO SIN LIQUIDAR LA DEUDA NI OPONERTE
Si no realizas nada entonces acabará el procedimiento monitorio y se propondrá al acreedor para que inicie un despacho de ejecución solicitando la cantidad reclamada, pudiendo embargar tus bienes si hubiera que hacerlo.
¿Cuál es el plazo para oponerse a un monitorio?
Para oponerse al monitorio dispones de 20 días hábiles. Para este cálculo no olvides que sólo se cuenta de lunes a viernes y no cuentan los días festivos dentro de estos días.
Cómo llegar al JUZGADO 1ª INSTANCIA 6 de GIJÓN
Calle : PZ DECANO EDUARDO IBASE S/N Población: GIJÓN
Código Postal: 33207 Provincia: ASTURIAS
Teléfono: 985175537 FAX: 985176997
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