Si te han hecho llegar la notificación de un procedimiento monitorio del juzgado JUZGADO 1ª INSTANCIA 6 de JAEN o de cualquier otro juzgado es porque están solicitandote el pago de una deuda. Lo primero que debes de hacer es mantener la calma, repasar bien el monitorio ya que la deuda que te soliciten debe de ser justificada, acreditada y vencida.
Recuerda que el requerimiento tiene que llegar del juzgado donde residas o del partido judicial al que pertenece el lugar donde vives.
¿Qué debes de hacer cuando has recibido un monitorio?
Una vez que has recibido la notificación de monitorio tienes tres opciones:
1.- PAGAR VOLUNTARIAMENTE
Sólo tienes que realizarlo si estás de acuerdo con la deuda, por esta razón tienes que comprobar correctamente el monitorio.
2.- OPONERTE AL MONITORIO
Si no reconoces el importe reclamado tienes que oponerte al monitorio , para oponerse debes de realizar una comunicación fundamentada al JUZGADO 1ª INSTANCIA 6 que proceda , donde justifiques con pruebas la razón por la que te quieres oponer.
Una vez que te has opuesto acaba el procedimiento monitorio y se inician los trámites del procedimiento declarativo, es decir, un procedimiento que podrá ser verbal u ordinario en función de la cuantía reclamada, si la reclamación es de menos de 2000 euros será verbal y si es superior a esa cantidad será ordinario.
Si se trata de un procedimiento verbal o de importe menor de 2000 € no hará falta que estés representado por abogado y procurador, mientras que, para el procedimiento ordinario sí será necesaria la comparecencia de abogado y procurador en la actuación.
Sin embargo, aunque la deuda que te reclamen sea por debajo de 2000 € es recomendable que el escrito de contestación te lo realice un letrado para que tengas la certeza de que existe marco legal para oponerte y ejercer una defensa buena. No olvides que te podemos hacer un estudio gratuito de la documentación, tú posteriormente decides si deseas usar el servicio. Somos una empresa de asistencia judicial especialista en reclamaciones bancarias.
3.- DEJAR QUE PASE EL PLAZO SIN PAGAR NI OPONERTE
Si no realizas nada entonces se dará por finalizado el procedimiento monitorio y se instará al acreedor para que empiece un despacho de ejecución solicitando la cuantía reclamada, pudiendo embargar tus bienes si hubiera que hacerlo.
¿Cuál es el plazo para oponerse a un monitorio?
Para oponerse al procedimiento monitorio tienes 20 días hábiles. Para este cálculo recuerda que solamente se cuenta de lunes a viernes y no se tienen en cuenta los días festivos dentro de este rango.
Cómo llegar al JUZGADO 1ª INSTANCIA 6 de JAEN
Calle : CL ARQUITECTO BERGES 16 Población: JAEN
Código Postal: 23007 Provincia: JAEN
Teléfono: 953331383 FAX: 953319009
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