Si has recibido la notificación de un procedimiento monitorio del juzgado JUZGADO 1ª INSTANCIA 6 de PALMA DE MALLORCA o de cualquier otro juzgado es debido a que están reclamandote una deuda. Lo primero es mantener la calma, repasar bien el monitorio debido a que la deuda que te reclamen debe de ser acreditada,justificada y vencida.
No olvides que la comunicación tiene que llegarte del juzgado donde tengas tu residencia o del partido judicial al que corresponde la población donde resides.
¿Qué opciones tienes si has recibido un monitorio?
Una vez que has recibido la notificación de monitorio tienes tres opciones:
1.- LIQUIDAR LA DEUDA DE FORMA VOLUNTARIA
Únicamente deberías de hacerlo si estás conforme con el motivo y el importe a pagar, por lo que debes de revisar muy bien la documentación.
2.- OPONERTE AL MONITORIO
Si no reconoces el importe reclamado debes de oponerte al monitorio , para oponerse tienes que hacer un escrito de respuesta al JUZGADO 1ª INSTANCIA 6 que proceda , donde aclares con pruebas la razón por la que te opones.
Una vez que te has opuesto finaliza el procedimiento monitorio y comienzan los trámites del procedimiento declarativo, es decir, un procedimiento que podrá ser verbal u ordinario dependiendo del importe reclamado, si la reclamación es de menos de 2000 € será procedimiento verbal y si es superior a esa cantidad será entonces procedimiento ordinario.
Para un procedimiento verbal o de cuantía menor de 2000 € no es necesario que estés representado por abogado y procurador, mientras que, para el procedimiento ordinario sí será preceptiva la presencia de abogado y procurador en el procedimiento.
De cualquier manera, aunque la deuda que te reclamen sea menor de 2000 euros es muy recomendable que el escrito lo realice un letrado para que tengas la seguridad de que tiene marco normativo para oponerte y hacer una contestación excelente. No olvides que podemos realizarte un estudio gratuito de la documentación, tú después decidirás si deseas contratar el servicio. Somos una empresa de asesoriamiento jurídico especialista en reclamaciones bancarias.
3.- DEJAR PASAR EL PLAZO SIN ABONAR LA DEUDA NI OPONERTE
Si no haces ninguna de las dos primeras opciones entonces acabará el procedimiento monitorio y se propondrá al acreedor para que empiece un despacho de ejecución por el que se te solicitará la cantidad reclamada, pudiendo embargar tus bienes si hace falta.
¿Qué plazo hay para oponerse a un monitorio?
Para oponerse al procedimiento monitorio dispones de 20 días hábiles. Para realizar el cálculo recuerda que sólo se tiene en cuenta de lunes a viernes y no computarán los días festivos dentro de estos.
Cómo llegar al JUZGADO 1ª INSTANCIA 6 de PALMA DE MALLORCA
Calle : TR D’EN BALLESTER 20 Población: PALMA DE MALLORCA
Código Postal: 7002 Provincia: ISLAS BALEARES
Teléfono: 971219379 FAX: 971219295
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