Si te ha llegado la notificación de un procedimiento monitorio del juzgado JUZGADO 1ª INSTANCIA 6 de REUS o de cualquier otro es porque están reclamandote una deuda. Lo primero es mantener la calma, lee bien el documento debido a que la deuda que te reclamen debe de ser acreditada,vencida y justificada.
Es importante que sepas que la comunicación tiene que llegar del juzgado donde tengas tu residencia o del partido judicial al que corresponda el lugar donde estás empadronado.
¿Qué debes de hacer si has recibido un monitorio?
Una vez que has recibido la notificación de monitorio tienes tres opciones:
1.- REALIZAR EL PAGO DE FORMA VOLUNTARIA
Nada más debes de realizarlo si estás conforme con la deuda, por eso tienes que revisar perfectamente la documentación anexa.
2.- OPONERTE AL MONITORIO
Si no estás de acuerdo con la deuda debes de oponerte al monitorio , para oponerse debes de realizar una comunicación fundamentada al JUZGADO 1ª INSTANCIA 6 que te haya requerido , donde demuestres con pruebas la razón por la que te opones.
Cuando te has opuesto acaba el procedimiento monitorio y comienzan las gestiones del procedimiento declarativo, es decir, un procedimiento que será ordinario o verbal dependiendo de la cantidad reclamada, si se reclaman menos de 2000 euros entonces será procedimiento verbal y si es superior a 2000 € será entonces procedimiento ordinario.
Para un procedimiento verbal o de cuantía inferior a 2000 euros no hace falta que estés representado por un abogado y un procurador, mientras que, para el procedimiento ordinario sí será preceptiva la asistencia de un procurador y un abogado en la actuación.
Aún así, aunque el importe que te reclamen sea menor de 2000 euros es muy recomendable que la contestación te la realice un letrado para que tengas la certeza de que tiene fundamento jurídico para oponerte y efectuar una defensa excelente. Ten en cuenta que nosotros te hacemos un estudio gratuito de los documentos, tú después decides si deseas utlizar el servicio. Somos una empresa de asesoriamiento jurídico especializada en reclamaciones a Bancos.
3.- DEJAR PASAR EL PLAZO SIN PAGAR NI OPONERTE
Si no realizas ninguna de las dos primeras opciones entonces se dará por finalizado el procedimiento monitorio y se instará al acreedor para que inicie un despacho de ejecución pidiendo el importe de la deuda, pudiendo embargar tus bienes si fuera necesario.
¿Cuál es el plazo para oponerse a un monitorio?
Para oponerte al monitorio tienes 20 días hábiles. Para este cálculo no olvides que nada más se tiene en cuenta de lunes a viernes y no contarán los días que sean festivos dentro de este rango.
Cómo llegar al JUZGADO 1ª INSTANCIA 6 de REUS
Calle : AV MARIA FORTUNY 73 Población: REUS
Código Postal: 43204 Provincia: TARRAGONA
Teléfono: 977929046 FAX: 977929056
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