Si te ha llegado la notificación de un procedimiento monitorio del juzgado JUZGADO 1ª INSTANCIA 6 de SEVILLA o de cualquier otro juzgado es porque te están solicitando el pago de una deuda. Antes de nada tienes que mantener la calma, revisar bien la citación ya que la deuda reclamada debe de ser vencida,justificada y acreditada.
Recuerda que la comunicación debe de llegarte del juzgado donde residas o del partido judicial al que pertenece el lugar donde resides.
¿Qué puedes hacer cuando recibes un monitorio?
Una vez que has recibido la notificación de monitorio tienes tres opciones:
1.- ABONAR LA DEUDA DE FORMA VOLUNTARIA
Únicamente tendrías que realizarlo si estás conforme con el motivo y el importe a pagar, por lo que es necesario comprobar correctamente la documentación anexa.
2.- OPONERSE AL MONITORIO
Si no estás de acuerdo con la deuda tienes que oponerte al monitorio , para oponerse debes de realizar una comunicación fundamentada al JUZGADO 1ª INSTANCIA 6 que proceda , donde expliques con argumentos la razón por la que te quieres oponer.
En el momento que te has opuesto finaliza el procedimiento monitorio y se inician los trámites del procedimiento declarativo, es decir, un procedimiento que podrá ser verbal u ordinario dependiendo del dinero reclamado, si la reclamación es de menos de 2000 € entonces será verbal y si es mayor que 2000 € será entonces un procedimiento ordinario.
Si se trata de un procedimiento verbal o de cantida reclamada menor de 2000 euros no es necesario que estés representado por abogado y procurador, en cambio, para el procedimiento ordinario sí es obligatoria la presencia de procurador y abogado en la actuación.
Aún así, aunque el importe que te reclamen sea por debajo de 2000 euros te recomendamos que el escrito de contestación te lo redacte un letrado para que tengas la garantía de que tiene marco jurídico para oponerte y efectuar una defensa buena. No olvides que nosotros te hacemos un estudio gratuito de la documentación, tú después decidirás si quieres contratar el servicio. Somos una empresa de servicios jurídicos experta en reclamaciones bancarias.
3.- DEJAR QUE PASE EL PLAZO SIN LIQUIDAR LA DEUDA NI OPONERTE
Si no haces ninguna de las dos primeras opciones entonces acabará el procedimiento monitorio y se propondrá al acreedor para que empiece un despacho de ejecución solicitando la cantidad reclamada, pudiendo embargar tus bienes si fuera necesario.
¿Cuantos días hay para oponerse a un monitorio?
Para oponerte al procedimiento monitorio tienes 20 días hábiles. Para realizar el cálculo no olvides que solamente se cuenta de lunes a viernes y no se tienen en cuenta los días festivos dentro de este rango.
Cómo llegar al JUZGADO 1ª INSTANCIA 6 de SEVILLA
Calle : AV DE LA BUHAIRA 29 Población: SEVILLA
Código Postal: 41018 Provincia: SEVILLA
Teléfono: 955043034 FAX: 955043135
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