Si te ha llegado la notificación de un procedimiento monitorio del juzgado JUZGADO 1ª INSTANCIA 7 de ALMERIA o de cualquier otro juzgado es debido a que están solicitandote el pago de una deuda. Es importante mantener la calma, repasar bien el documento debido a que la deuda que te pidan debe de ser vencida,justificada y acreditada.
No olvides que el requerimiento debe de llegar del juzgado donde residas o del partido judicial al que pertenezca la población donde estás empadronado.
¿Qué opciones tienes cuando te han puesto un monitorio?
Una vez que has recibido la notificación de monitorio tienes tres opciones:
1.- REALIZAR EL PAGO VOLUNTARIAMENTE
Nada más tendrías que realizarlo si estás de acuerdo con la deuda, por eso debes de examinar correctamente el monitorio.
2.- OPONERSE AL MONITORIO
Si no estás de acuerdo con el importe reclamado tienes que oponerte al monitorio , para oponerse hay que hacer una comunicación fundamentada al JUZGADO 1ª INSTANCIA 7 que te haya requerido , donde expliques con argumentos el motivo por el que te has opuesto.
Desde que te has opuesto acaba el procedimiento monitorio y comienzan las gestiones del procedimiento declarativo, es decir, un procedimiento que será verbal u ordinario dependiendo del dinero reclamado, si la reclamación es de menos de 2000 € será procedimiento verbal y si es mayor que 2000 € será ordinario.
Para un procedimiento verbal o de cantida reclamada inferior a 2000 euros no es necesario que estés representado por un abogado y un procurador, mientras que, para el procedimiento ordinario sí es obligatoria la presencia de un abogado y un procurador en la actuación.
De todas formas, aunque la cuantía que te reclamen sea inferior a 2000 € es muy recomendable que la contestación te la redacte un abogado para que tengas la garantía de que tiene marco legal para oponerte y realizar una contestación buena. Ten en cuenta que nosotros te hacemos un estudio gratuito y sin compromiso de la documentación, tú luego decides si deseas contratar el servicio. Somos una empresa de asesoriamiento jurídico especializada en reclamaciones a Bancos.
3.- DEJAR EXPIRAR EL PLAZO SIN ABONAR LA DEUDA NI OPONERTE
Si no realizas ninguna de las dos primeras opciones entonces acabará el procedimiento monitorio y se instará al acreedor para que inicie un despacho de ejecución solicitando la cuantía reclamada, pudiendo embargar tus bienes si fuera necesario.
¿Cuál es el plazo para oponerse a un monitorio?
Para oponerte al monitorio tienes 20 días hábiles. Para realizar el cálculo recuerda que sólo se tiene en cuenta de lunes a viernes y no computan los días festivos dentro de estos.
Cómo llegar al JUZGADO 1ª INSTANCIA 7 de ALMERIA
Calle : CR DE RONDA 120 Población: ALMERIA
Código Postal: 4006 Provincia: ALMERIA
Teléfono: 950809063 FAX: 950005085
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